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El Poder Judicial centra en Castro Meije el posible delito por liberar a Lamari

El juez fue ponente de la decisión por la que se excarceló a un supuesto cabecilla del 11-M

La vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Montserrat Comas propondrá el próximo 2 de diciembre a la comisión disciplinaria del órgano de gobierno de los jueces, de la que es presidenta, enviar al fiscal general del Estado los antecedentes de la excarcelación del supuesto cabecilla del 11-M Allekema Lamari, por si aprecia responsabilidad penal del magistrado ponente de dicha decisión, Francisco Castro Meije, presidente de la Sección Tercera de la Sala Penal de la Audiencia Nacional.

Según explicó Comas a este periódico, la concreción de su iniciativa se fundamenta en el informe del Servicio de Inspección del CGPJ, elevado a la comisión disciplinaria, que estima que de la excarcelación de Lamari "sería único responsable el ilustrísimo magistrado señor Castro Meije", si bien la infracción disciplinaria "se hallaría prescrita por el transcurso de más de dos años desde su comisión", en 2002.

El informe de la inspección especifica que la exigencia de responsabilidad por la excarcelación anticipada de Lamari "solamente procedería contra el único firmante de la resolución origen de la presente [información], señor Castro Meije, que es a quien, como ponente, el artículo 147-4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal atribuye la función de dación de cuenta de los datos fácticos al tribunal para la toma de la decisión".

Según dicho precepto de la ley procesal penal, "corresponde a los ponentes (...) proponer los autos y sentencias que hayan de someterse a discusión del tribunal y redactarlos definitivamente en los términos que se acuerden".

La Inspección argumenta su informe sobre la posible responsabilidad disciplinaria de Castro Meije por "desatención" en el ejercicio de sus competencias judiciales, pero, dado que dicha responsabilidad ha prescrito, considera que la excarcelación anticipada de Lamari podría "generar algún otro tipo de consecuencia jurídica".

La excarcelación de Lamari, dos años antes de que se cumpliese el límite máximo de su estancia en prisión provisional, se debió a un "error de hecho" en el cálculo del plazo legal, según las conclusiones remitidas por el presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia, Javier Gómez Bermúdez, al CGPJ.

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