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La Audiencia anula una condena por maltrato al no existir pruebas

El tribunal de la sección cuarta de la Audiencia de Valencia ha anulado una condena a ocho meses de prisión por un delito de maltrato y amenazas en el ámbito doméstico porque nunca se aportaron pruebas de los hechos y el testimonio de la afectada incurrió en contradicciones. La Audiencia ha absuelto ahora a un hombre que fue denunciado mientras se encontraba en proceso de separación de su mujer, el día después de contestar a la demanda de ella y tras una reunión entre las partes sobre el patrimonio. Y la denuncia de malos tratos se cursó sobre un episodio ocurrido supuestamente dos meses antes.

La sala entiende que el juez de primera instancia, el titular del Juzgado de Lo Penal número uno de Valencia, "cometió un error en la valoración de la prueba por los siguientes motivos: la versión de la denunciante no ofrece una fuerte impresión de veracidad; en la denuncia efectuada el 7 de noviembre de 2003 hace referencia a unos hechos ocurridos durante el mes de septiembre, a raíz de haber presentado ella una demanda de separación, cuando en dicha demanda no hacía referencia alguna a los malos tratos sino únicamente a que su esposo no quería tener hijos; el 15 de octubre de 2003 se reunieron ambos cónyuges con sus letrados y sólo se habló de dinero, no de malos tratos ni de amenazas ni de lesiones".

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