Punta Umbría solicita al TSJA que suspenda el convenio con PUT
El Consejo Consultivo dictamina en contra de la resolución
El alcalde de Punta Umbría (Huelva), José Carlos Hernández Cansino, del PP, anunció ayer que tiene previsto solicitar a la sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la suspensión cautelar del convenio urbanístico que firmó en 2003 el anterior Gobierno socialista, con la empresa Punta Umbría Turística (PUT) tras conocer el dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía sobre la propuesta de resolución de ese convenio urbanístico remitida por el propio alcalde el cuatro de junio pasado. El dictamen del Consejo Consultivo es desfavorable a la intención del alcalde.
Hernández formuló como tesis para tramitar esa resolución el impago del primer plazo por parte de la empresa. El informe del Consejo, de 62 páginas, afirma: "Si la causa de la resolución que se hace valer es el impago del primer plazo en tiempo, es evidente que no procede la resolución, puesto que el pago ha tenido lugar y la Administración consultante lo ha aceptado". Y añade: "En ningún modo puede hablarse de incumplimiento cuando éste ha tenido lugar aunque tardíamente y esa circunstancia se ha admitido por la administración".
Hernández aceptó en enero pasado que PUT entregara fuera de plazo el dinero para la construcción de tres hoteles porque consideró que eran parcelas "desligadas" del convenio urbanístico. El plan urbanístico de 2003 incluía la construcción de un campo de golf, hoteles, y apartamentos en 1.070.000 metros cuadrados. Además, ese convenio establecía como condición a la adjudicataria la adquisición de tres parcelas hoteleras, que habían quedado desiertas en otro concurso, mediante procedimiento negociado sin publicidad. PUT pagó fuera de plazo el dinero para levantar esos hoteles y el alcalde inició el expediente de resolución del convenio al considerar que "tenían entidad independiente".
No obstante, el Consejo Consultivo repara en el informe en las consecuencias que pueden derivarse de la sentencia del TSJA del 30 de abril de 2004 que anuló el acuerdo del pleno de 1999 de Punta Umbría para la cesión de suelo donde construir 13 hoteles. En este sentido, el Consultivo coincide con el TSJA en señalar que el convenio urbanístico de 2000 es "nulo". El informe añade: "Y que situada la nulidad en el origen de una serie de actos encadenados causalmente el sistema español encadena todas las series a las consecuencias de ésta". El alcalde indicó que el informe del consejo viene a decir que "la nulidad del TSJA afecta también a todos los actos posteriores", por lo que predirá al TSJA que suspenda cautelarmente el convenio aprovechando la causa abierta en el TSJApor Dipinsur, firma implicada en la concesión de esos suelos.
El abogado de PUT, Alfonso Martínez del Hoyo mantuvo ayer que "ae trata de un acto administrativo diferente" y que la sentencia del TSJA no afecta.
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