Cazadores de luz
Los fotógrafos de naturaleza proponen una regulación de su actividad en Andalucía
En noviembre de 1999, Antonio Sabater, uno de los mejores fotógrafos de naturaleza españoles, presentaba su obra El lince ibérico, editada por la Consejería de Medio Ambiente. Durante cuatro años de intenso trabajo, Sabater había logrado reunir más de 4.000 imágenes del esquivo felino, de las que seleccionó alrededor de un centenar para ilustrar este libro de gran formato y cuidada impresión.
Nadie hasta entonces se había atrevido a documentar, de forma gráfica, hasta el más mínimo detalle de la conducta, en libertad, de este animal. Y lo cierto es que lograrlo no fue tarea fácil. "Éste es sin duda", afirmaba entonces Sabater, "el trabajo del que he obtenido menos imágenes con relación al número de horas que le he dedicado". En total fueron más de 500 jornadas de campo, cada una de ellas con acechos que se prolongaban un mínimo de 10 o 12 horas.
El esfuerzo mereció la pena, y fue alabado no sólo por sus colegas de profesión sino también por la exigente comunidad científica, que encontró en las imágenes de este fotógrafo, cuidadoso y excelente conocedor de los espacios o especies a los que dedica su atención, una utilísima herramienta de estudio y divulgación.
Arbitrariedad
Aquellas imágenes rebasaron las fronteras españolas y aparecieron en prestigiosas revistas como Life Magazine, National Geographic, Paris Match o Terre Sauvage, y sirvieron, asimismo, para ilustrar numerosas campañas de concienciación que aún hoy reclaman un futuro mejor para este felino. Sin embargo, apenas seis meses después de presentar su obra, cuando pidió la renovación del permiso que le había permitido trabajar hasta entonces en los terrenos del Parque Nacional de Doñana se encontró, de manera inexplicable, con una negativa que hasta hoy no ha sido capaz de resolver. Se interrumpió así la continuidad de este ambicioso estudio gráfico de la vida del lince ibérico, y las duras jornadas de campo fueron sustituidas por un interminable cruce de escritos y requerimientos que, hasta hoy, no han surtido efecto alguno.
El particular calvario que ha sufrido Sabater se repite, con demasiada frecuencia, dentro del reducido círculo de los fotógrafos de naturaleza y, por este motivo, la asociación que en España los reúne (Aefona) decidió hace dos años contratar los servicios de la Universidad de Zaragoza. A ella acudieron buscando a expertos independientes que, en una primera fase, estudiaran la regulación jurídica de esta actividad en las diferentes comunidades autónomas y, a partir de esa información, dictaran algunas recomendaciones que sirvieran para ordenar este tipo de actividades cuando precisan de escenarios protegidos o especies amparadas por la ley.
Lo primero que puso de manifiesto el trabajo de la Universidad de Zaragoza es la ausencia de una norma común. No existe disposición alguna que dicte, como en otras materias, los principios generales que deben orientar la regulación de la fotografía de naturaleza en nuestro país.
Tan sólo Cataluña ha legislado al respecto, por lo que, en el resto de comunidades, las menciones a la fotografía de naturaleza que aparecen en disposiciones como los planes rectores de uso y gestión de los espacios protegidos son dispares y "suelen dejar en manos de la administración ambiental un amplio grado de libertad en el otorgamiento de autorizaciones". Dicho de una manera menos discreta, la arbitrariedad es la norma en la mayoría de los casos.
Andalucía podría convertirse en una de las primeras comunidades autónomas que resuelven este conflicto ya que los representantes de Aefona han presentado al director general de Conservación del Medio Natural un primer borrador de lo que podría ser un decreto regulador de esta actividad en la comunidad autónoma. En su prólogo, la propuesta de norma admite que la fotografía de naturaleza puede constituir en ocasiones un riesgo para la flora y la fauna silvestres pero, al mismo tiempo, es "un instrumento de formación y herramienta adecuada para la educación y la sensibilización ambiental". Quedarían excluidas del decreto las actividades publicitarias y comerciales que "utilizan la naturaleza como mero escenario". Exceptuando esta circunstancia, el resto de trabajos, fotográficos o de filmación, que tuvieran como protagonistas a especies o espacios silvestres serían de "práctica libre". Tan sólo sería necesaria la autorización cuando, bajo criterios científicos, "la actividad suponga un riesgo vital para las especies o sus hábitats" o cuando supusiera una interferencia "en la reproducción u otros procesos biológicos esenciales". También habría que solicitar permiso si se quisieran utilizar puestos fijos (escondites o hides) durante más de una jornada o cuando el trabajo se desarrollara en lugares sometidos a alguna limitación especial.
sandoval@arrakis.es
Vivir de la imagen
Como muchos otros oficios que se benefician de una cierta aureola de romanticismo y aventura, la fotografía de naturaleza no es, al menos en nuestro país, una ocupación que permita vivir holgadamente a los que la desarrollan. La mayoría de los profesionales de prestigio que trabajan en este campo necesitan de una segunda ocupación para poder llegar a fin de mes, y han de luchar, además, con la feroz competencia de los fotógrafos aficionados que ofertan sus imágenes a bajo precio. El horizonte se ha oscurecido aún más en los últimos años con la desaparición de buena parte de las revistas de naturaleza que llegaban periódicamente a los kioscos.
Los fotógrafos de naturaleza sufren, con mayor virulencia que otros colectivos dedicados a la creación, el desprecio a los derechos de propiedad intelectual, de manera que sus imágenes se vienen usando de manera abusiva en múltiples soportes, sin tan siquiera una comunicación previa al autor. La renuncia a estos derechos llega a convertirse, en ocasiones, en moneda de cambio con la que algunas administraciones tratan de vender sus autorizaciones.
El borrador de decreto propuesto a la Consejería de Medio Ambiente fija, con nitidez, el procedimiento para solicitar las autorizaciones, los diferentes tipos de permisos, la forma en que la Administración debe argumentar la contestación a estas solicitudes, los plazos de resolución, los motivos que llevarían a la suspensión de un permiso e, incluso, el régimen sancionador que se aplicaría en los casos de infracción. Entre las obligaciones de la Administración está, precisamente, el compromiso, explícito, de respetar los derechos de propiedad intelectual.
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