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Tres años de cárcel y cuatro de inhabilitación laboral para un empresario por la muerte de un trabajador

La Sección Segunda de la Audiencia de Madrid ha confirmado la pena de tres años de prisión para Manuel Flores Santos, titular de la empresa Flosan, por un delito de homicidio imprudente y otro contra los derechos de los trabajadores, tras el accidente laboral en el que murió Alfredo Roy Casado mientras desmontaba un andamio el 23 de julio de 1999. El operario cayó al vacío, desde una altura de siete metros, en la calle del General Arrando. El empresario, además, deberá indemnizar a la familia de la víctima con 124.652 euros y no podrá ejercer su actividad profesional durante cuatro años. La Audiencia confirma así la sentencia dictada en su día por el juzgado número 13 de lo penal.

Los letrados de la empresa basaron su defensa en la imprudencia del trabajador, que se precipitó al vacío al perder el equilibrio. Sin embargo, los jueces matizan que "es responsabilidad del empresario la seguridad de los trabajadores"; que el andamio "carecía de las más elementales medidas de seguridad" y que no existió "de ninguna manera" imprudencia por parte de Roy. Explican, además, que el trabajador no había recibido "formación especial" para el desempeño de su tarea, que estaba "sin dar de alta en la Seguridad Social" y que ese día "ningún encargado controlaba la forma de trabajar de los operarios".

Sobre la situación en la que se encontraba la plataforma en el momento del accidente, la sentencia afirma que el andamio "carecía de barandilla o de cualquier otro sistema de protección" y que "los operarios que desmontaban el andamio carecían de casco, cinturones de seguridad o arneses".

Un portavoz de CC OO, sindicato que se personó en la causa como acusación popular, lamentó que este tipo de delitos "ligados a los derechos de los trabajadores" sigan produciéndose.

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