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Tribuna:DEBATE | ¿Qué hacer con el Pacto de Estabilidad?
Tribuna
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Lo que Woody Allen le diría a Eichel

Carezco de la cultura cinematográfica que Juan Antonio Rivera derrocha en su reciente ensayo Lo que Sócrates le diría a Woody Allen -ganador del premio Espasa de este año-. Por eso recuerdo sólo entre brumas a un Woody Allen que, dispuesto a ingresar en la cámara donde se encuentra un peligroso enemigo, pide a sus colaboradores que le encierren y no le dejen salir, por encarecidamente que lo pida. A los pocos segundos, presa del pánico, reclama con desesperación que le abran, renegando de cuanto dijo minutos antes.

Esa escena guarda estrecha relación con lo acaecido esta semana en Bruselas. El martes, el Consejo de Ministros de Economía y Hacienda rechazó las recomendaciones de la Comisión Europea relativas al déficit presupuestario "excesivo" de Alemania y Francia. La Comisión no proponía todavía aplicarles sanciones, sino que se limitaba a darles un año más para que rebajaran su déficit presupuestario por debajo del 3% del producto interior bruto (PIB) y, a cambio, les exigía que adoptaran ciertas medidas concretas para conseguirlo. Pero si el Consejo de Ministros hubiera aprobado las recomendaciones de la Comisión, el siguiente paso futuro podría ser ya, si las recomendaciones se incumplían, la imposición de multas a ambos países. Viendo acercarse ese humillante cadalso, el martes, Alemania y Francia lograron que el Consejo no aprobara la recomendación de la Comisión y, con ello, bloquearon el procedimiento sancionador. La cuestión de fondo en esta controversia es la interpretación de los límites que el Tratado de Maastricht estableció para los déficit presupuestarios "excesivos". A tenor del Tratado, un déficit se presume tal si supera el 3% del PIB, a menos que el exceso sea pequeño y, además, tenga carácter "excepcional y temporal". El Tratado señala, además, que al enjuiciar si un déficit presupuestario es excesivo la Comisión Europea deberá tomar en cuenta si rebasa el nivel de inversión pública, pues un déficit presupuestario nacido de un gran esfuerzo inversor parece menos grave que el derivado de una debilidad presupuestaria más estructural. La Comisión también deberá tomar en cuenta "los demás factores relevantes, incluida la situación económica y presupuestaria a medio plazo" del país en cuestión. En suma, el Tratado estableció un límite a los déficit presupuestarios, pero consideró inevitable cierto grado de discrecionalidad a la hora de determinar cuándo debían calificarse de "excesivos" y, en consecuencia, dar pie a posibles sanciones.

Se está exagerando la trascendencia de lo acaecido en Bruselas

A partir del verano de 1995, sin embargo, el ministro alemán de Finanzas, Theo Waigel, empezó a decir que esas reglas del Tratado eran demasiado flexibles: había que reforzarlas para aquellos países que quisieran integrarse en el euro. Tras meses de negociaciones, nació el llamado Pacto de Estabilidad, que, rebautizado por influencia francesa como Pacto de Estabilidad y Crecimiento, fue aprobado en julio de 1997. Su primer objetivo -bastante sensato- fue sentar el principio de que, a medio plazo, los Estados miembros no deben conformarse con mantener un déficit presupuestario inferior al 3% del PIB, sino que deben aspirar al equilibrio presupuestario o incluso a lograr superávit. El segundo objetivo fue definir de manera precisa y rigurosa qué circunstancias "excepcionales y temporales" permitirían que un déficit presupuestario, a pesar de rebasar el 3% del PIB, no fuera calificado de "excesivo". A tal efecto, el Pacto estableció que por situación excepcional debe entenderse un "acontecimiento inusual ajeno al control del país en cuestión" o una "recesión económica severa". Y este último concepto se definió como una disminución anual del PIB de al menos el 2% (artículo 2.2 del Reglamento 1467/97). Se permitió, empero, que el Consejo de Ministros admitiera caídas del PIB menos intensas, siempre que hubieran sido "abruptas" o hubieran entrañado una "caída acumulativa del PIB" de carácter excepcional. Para evitar, sin embargo, que esa excepción se convirtiera en una cómoda puerta de escape, los signatarios del Pacto se comprometieron a invocarla sólo si el PIB les había caído al menos un 0,75% anual (Resolución del Consejo Europeo, apartado 7). En algún momento, sin embargo, alguien pensó que el rigor de esos preceptos podía resultar excesivo, de manera que en la versión final del Pacto se señala que los citados criterios cuantitativos se aplicarán "como regla general" (as a rule), lo que tácitamente abre la puerta a posibles excepciones. Finalmente, como complemento de esa definición más precisa de un déficit "excesivo", el Pacto estableció que las sanciones a los Estados incumplidores sean siempre pecuniarias -el Tratado contempla una gama más amplia, que incluye, por ejemplo, exigir a los infractores que publiquen información adicional cuando emitan deuda-, y cuantificó el importe de las multas.

A mi juicio, se está exagerando la trascendencia de lo acaecido en Bruselas. El Pacto de Estabilidad es elogiable en muchos aspectos -sobre todo cuando afirma que el 3% no es un objetivo para tiempos de bonanzas-. Pero cabe pensar que pecó de excesivo rigor al exigir una caída absoluta del PIB del 0,75% para que un país pueda incurrir en un déficit superior al 3% del PIB. Algún ministro intuyó ese exceso de rigor y logró que se dejara un portillo de escape -el célebre as a rule-. La gran paradoja ha sido que Hans Eichel, el ministro que ha implorado que se lo abrieran, procede del mismo país que insistió en que la cámara del Pacto fuera acorazada y estanca. Como dice Juan Antonio Rivera, el cine encierra mucha filosofía: si la memoria no me falla, a Woody Allen también le acababan abriendo.

Manuel Conthe es socio-director de Analistas Financieros Internacionales (AFI) y ex secretario de Estado de Economía.

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