_
_
_
_
_

El TSJ admite que un detective privado tenga licencia de armas

Un detective privado solicitó permiso para utilizar un arma corta (revólver o pistola) para uso personal en mayo de 2000 y la Dirección General de la Guardia Civil (Intervención Central de Armas y Explosivos) se lo denegó el 25 de junio de aquel año. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) considera que sí se le debe conceder, entre otras cosas, porque entiende incongruente que "la Administración conceda licencias como vigilantes jurados y no como detectives, cuando el objeto de la actividad de ambos puede coincidir en algunos campos, como sería en la vigilancia de las grandes superficies", recoge la sentencia.

La solicitud fue denegada, según consta en el fallo de la sección tercera de la sala de Lo Contencioso Administrativo, en base a que "el solicitante, en su condición de detective privado, no se encuentra el supuesto de riesgo especial y de necesidad en aplicación del artículo 99.2 del Reglamento de Armas". Agrega la sala que la Guardia Civil se amparó además "en un informe en sentido negativo de la Subdelegación del Gobierno, unido al carácter restrictivo que para la concesión de este tipo de licencias establece la Ley de Seguridad Ciudadana".

Pero el TSJ ha hecho otra lectura de la situación, dada la concurrencia de trabajos que puede desempeñar con los vigilantes jurado que sí pueden llevar arma.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_