Aconfesionalidad
La sección de Opinión del Lector de ese diario (sábado 30 de agosto) recogía la carta del señor Sánchez Acosta, de Castilleja de la Cuesta (Sevilla), criticando actos oficiales de sus dirigentes municipales que atentan contra la aconfesionalidad del Estado. Expreso mi total apoyo a dicha queja y critico que nuestras autoridades (municipales, autonómicas y estatales) no quieran dar cumplimiento al mandato de la Constitución (art. 16.3) de la aconfesionalidad de los poderes públicos.
A estas alturas de la película, aún tenemos que abochornarnos con gobiernos municipales que condecoran a imágenes religiosas o nombran alcalde honorario a un santo o virgen o autoridades que aparecen en procesiones o cultos religiosos con todos los atributos de su cargo público (bastón de mando municipal, uniforme militar, etcétera). También quiero quejarme de los privilegios de que gozan las manifestaciones multitudinarias de la confesión católica en lo que atañe a cortes de tráfico, circulación prohibida a vehículos de tracción animal (autovías), etcétera.
Muchos de esos desacatos constitucionales se consuman con daño a nuestros bolsillos y no deberíamos olvidar que las arcas oficiales no están para mantener -fuera de lo legalmente establecido- manifestaciones de un culto que aunque es tradicional y enraizado en nuestra historia no deja de ser una confesión más (no compartida por millones de personas en España que son de otra confesión religiosa o de ninguna, como es mi caso).
No es justo que en un Estado moderno, que se dice respetuoso con la libertad religiosa, sigan siendo norma comportamientos que recuerdan a tiempos felizmente pasados de unión Iglesia católica-Estado. Hago, por tanto, un llamamiento a nuestros poderes (local, autonómico y central) para que de una vez por todas se limiten estrictamente los campos de acción de lo público y lo religioso.
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