_
_
_
_
_

El TSJ anula la subasta de un solar municipal en Valencia y el PAI del centro Bonaire en Aldaia-Quart

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano ha anulado la subasta de un solar municipal porque el Ayuntamiento de Valencia, que dirige Rita Barberá, no comunicó la operación de venta a la Generalitat, como exige la ley. La parcela, situada en la prolongación del paseo de la Alameda, se adjudicó en octubre de 2000 a Construcciones Lidón por 14 millones de euros. La anulación de la subasta, operación recurrida por los socialistas, llega cuando ya se están construyendo 174 viviendas y 196 garajes. El portavoz del PSPV, Rafael Rubio, recordó ayer que su grupo anunció el contencioso al entender que la parcela debía destinarse a viviendas de protección oficial. En su recurso, los socialistas argumentaron que el Ayuntamiento no había informado de la enajenación de patrimonio público a la Generalitat. Además, el PSPV alegó que no constaba que los ingresos obtenidos se hubieran destinado a ampliar el patrimonio municipal de suelo, como prevé la Ley del Suelo. El tribunal no valora esta segunda cuestión porque el hecho de que no se comunicara la subasta a la Generalitat ya es razón suficiente para anularla. La sentencia dice que el Consistorio no ha acreditado que notificara la operación. Al respecto, Rubio destacó que José Ramón Pascual Monzó, ex director general de Administración Territorial, aseguró en un escrito que el Consistorio había notificado la subasta en noviembre de 2000. Este hecho no se ha demostrado ante el TSJ, recalcó Rubio, quien acusó a Pascual Monzó de mentir y aventuró que pudo darse una supuesta falsedad en documento público. El portavoz socialista añadió que de declararse firme el fallo, que el Ayuntamiento recurrirá ante el Tribunal Supremo, la indemnización a la constructora la deberán pagar los ciudadanos.

El TSJ también ha declarado ilegal el Plan de Actuación Integral (PAI) que el Ayuntamiento de Aldaia aprobó en 1996, así como el de Quart de Poblet en la superficie conjunta, que amparó la Generalitat y en el que se ubica el centro comercial Bonaire. La modificación del plan urbano no se ajustó a derecho porque no se determinó el interés general ni se ejecutaron las expropiaciones forzosas como marca la ley. El Ayuntamiento ajustará el plan según las directrices del TSJ para que la repercusión en indemnizaciones sea la mínima, salvo que alguno de los 23 afectados solicite la ejecución de sentencia.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_