_
_
_
_

La Audiencia pide indultos parciales para cien presos

Una sentencia del Supremo permite reducir las condenas a los 'correos de la droga'

Las distintas secciones de la Audiencia Provincial de Madrid han solicitado al Gobierno indultos parciales de pena para un centenar de presos, la mayoría correos de la droga, que ahora se hallan entre rejas por tráfico de estupefacientes. Los beneficiarios de estas peticiones son presos que estaban cumpliendo penas cuando el Tribunal Supremo decidió elevar el listón -la cantidad- a partir de la cual se aplica la agravante de notoria importancia en los delitos de narcotráfico. El Gobierno, que conoce los casos desde hace un año, aún no se ha pronunciado sobre el tema.

En general, la Audiencia ha informado a favor de que se reduzcan entre dos y cuatro años de cárcel, según los casos, las penas para estos correos de la droga. Estos reos son el eslabón más frágil de la cadena del narcotráfico. Los jefes de las redes los envían a Madrid y muchos caen al llegar al aeropuerto de Barajas. Si son sorprendidos, suelen ser condenados a penas de hasta 12 años de cárcel, en función de la droga decomisada.

La sentencia del Supremo que supuso elevar el listón de la notoria importancia fue dictada el 19 de octubre de 2001. Antes de este fallo, a cualquier persona a la que se le decomisaban más de 120 gramos de cocaína, más de 60 de heroína o más de un kilo de hachís se le aplicaba la agravante de notoria importancia, y entonces la pena se disparaba a entre nueve, mínimo, y 12 años de cárcel, máximo. Si la cantidad era inferior, entonces la pena se reducía sensiblemente. El Supremo elevó en esa sentencia la cantidad de la notoria importancia a 750 gramos si se trata de cocaína, 300 si es heroína y a tres kilos si se decomisa hachís.

Cuando se varió este criterio, había cerca de un centenar de personas en las cárceles de Madrid que cumplían condena por tráfico de drogas y a los que se había aplicado la agravante de notoria importancia. Dado que la ley recoge el carácter retroactivo en cualquier variación penal normativa favorable al reo, las secciones de la Audiencia reestudiaron los expedientes de presos condenados por droga con anterioridad a la sentencia y optaron por elevar al Ministerio de Justicia peticiones de indulto parcial.

Por ejemplo, si a un interno se le habían decomisado 300 gramos de cocaína cuando la notoria importancia estaba fijada en más de 120 gramos y por ello se le impuso una pena de nueve años de cárcel, lo justo, según los jueces, es rebajarle la pena en tres o cuatro años.

La fiscalía de Madrid está apoyando estas peticiones de indulto parcial. El Gobierno, según fuentes jurídicas, no se ha pronunciado aún sobre estas peticiones de indulto, pese a que tiene sobre la mesa este tema desde hace más de un año.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

El asunto es importante, porque muchos de estos presos ya habrían expiado sus penas o se estarían beneficiando de permisos de salida de la cárcel si el Gobierno hubiese aceptado estas peticiones. Un juez explica: "No es justo que alguien sorprendido con 121 gramos de cocaína un día antes de salir publicada la sentencia del Supremo esté cumpliendo ahora una pena mínima de nueve años de cárcel y que otra persona sorprendida con 300 gramos de cocaína al día siguiente de la sentencia fuese condenada a tres o cuatro años de cárcel menos".

Uno de los internos que podrían beneficiarse de este indulto es Ramón S. R., condenado a 11 años y seis meses de cárcel por tráfico de drogas. Antes de publicarse la citada sentencia del Supremo, la policía le decomisó algo más de 60 gramos de heroína. Por tanto, le fue aplicada la citada agravante, además de la de reincidente. Tanto el fiscal como la Audiencia han apoyado que se le indulten tres años de la pena total.

Permiso de salida

Recientemente, Ramón ha pedido un permiso de salida del centro, pero tanto la junta de tratamiento de su prisión como el juzgado de vigilancia se lo han denegado. El interno ha apelado a la Audiencia y esta instancia judicial ha decidido darle el permiso. Entre otros argumentos, el tribunal ha tenido en cuenta que Ramón es uno de los casos susceptibles de indulto parcial. Si el Gobierno se hubiese pronunciado ya y, por tanto, le hubiese reducido en dos o tres años la pena -tal como piden el fiscal y el tribunal que le condenó-, Ramón estaría en condiciones no ya de acceder a permisos de salida, sino incluso a obtener la libertad condicional. "Está en prisión desde hace seis años", explica la Audiencia en el auto en el que accede a darle el permiso.

"Con la actual condena, e incluso sin indulto, el penado podría alcanzar la libertad condicional dentro de tres años y cuatro meses, pero, si se produjera el indulto, estaría en condiciones de obtener la libertad condicional en un plazo de pocos meses. Esta razonable esperanza [la del indulto] disminuye el riesgo de quebrantamiento de la condena. (...) El quebrantamiento siempre es posible", razona el tribunal para justificar la concesión del permiso.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_