_
_
_
_

Una empleada del hogar irá a la cárcel por estafar 1.080 euros a su jefe

El Tribunal Supremo endurece la sentencia dictada en 2002 por la Audiencia Provincial

Oriol Güell

El Tribunal Supremo ha condenado a dos años y nueve meses de prisión a M. C. S. M., una empleada del hogar que sustrajo dos cheques del piso en el que trabajaba y estafó con ellos al propietario de la vivienda. La mujer ya había sido condenada en dos ocasiones en el pasado por los mismos delitos. Los jueces también le han impuesto una multa de 560 euros y la obligan a indemnizar a su patrón con los 1.081 euros que logró estafarle.

La sentencia considera probado que entre julio y agosto de 2000 y "con el ánimo de obtener beneficio económico cogió, al menos, dos cheques" de una cuenta bancaria de A. M. M., el propietario del piso situado en la calle de Ibiza en el que trabajaba. La condenada "rellenó el primero de los cheques al portador por importe de 781 euros, imitando en él la firma del titular de la cuenta o solicitando a su ruego que alguien lo hiciera", relata el fallo del tribunal.

La mujer ingresó el cheque en una cuenta abierta a su nombre. Cuando A. M. M. detectó un cargo por 781 euros a su cuenta, que no reconocía haber hecho, comunicó el caso a su banco. La entidad financiera sólo tuvo que seguir el rastro del cheque para averiguar lo sucedido y devolver los 781 euros a A. M. M.

La condenada utilizó el segundo cheque para saldar una deuda de 1.081 euros con una tercera persona, a la que involucró, sin que ésta lo supiera, en el fraude. A. P. G. era el propietario de un piso donde la mujer vivía alquilada y por el que le debía los 1.081 euros. A. P. G. "lo cobró [el cheque] en efectivo, sin que conste que tuviera conocimiento de su origen ilícito", explica la sentencia. A. M. M. no ha podido recuperar los 1.081 euros, por lo que los jueces obligan ahora a la condenada a indemnizarle.

La Audiencia Provincial de Madrid impuso en enero de 2002 a M. C. S. M. una pena menor que la dictada ahora por el Supremo. El fallo fue recurrido por el Ministerio Fiscal, que consideraba que el delito no era el de estafa, como decía la primera sentencia, sino uno más grave: "La falsificación de un cheque y su utilización posterior por el autor de la falsificación para cometer una estafa debe sancionarse como concurso de delitos entre estafa agravada", según argumentó el fiscal y después ha confirmado el Supremo.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Oriol Güell
Redactor de temas sanitarios, área a la que ha dedicado la mitad de los más de 20 años que lleva en EL PAÍS. También ha formado parte del equipo de investigación del diario y escribió con Luís Montes el libro ‘El caso Leganés’. Es licenciado en Ciencias Políticas por la Universidad Autónoma de Barcelona y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_