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Un trabajador deberá indemnizar a su empresa por irse a otra rival

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la sentencia de un juzgado de lo social que había condenado a un trabajador a indemnizar con 30.000 euros a su empresa por "pasarse a la competencia". La Sala de lo Social del TSJC ha desestimado el recurso presentado por el trabajador, F. A. G., y da la razón a la empresa Volpak, SA, a la que se reconoce el derecho a ser indemnizada por el incumplimiento contractual del empleado, que firmó un "pacto de no concurrencia".

F. A. G. trabajaba desde 1988 para Volpak como "delineante proyectista" y se encargaba de "adaptar los productos de la empresa a las necesidades concretas del cliente". En 1997 pasó al departamento de investigación y desarrollo. En su contrato, el trabajador se comprometía a "no trabajar para la competencia" durante dos años tras la finalización de la relación con la empresa. A cambio, la empresa le pagaba un complemento de 390 euros al mes, que debía devolver si se incumplía este compromiso, además de un cheque de 601 euros al inicio y al final del contrato.

El empleado puso fin al contrato voluntariamente en 2001 y fichó por una compañía de la competencia "como jefe de equipos de proyectos". Según el TSJC, ambas empresas compiten "directamente" en el sector de las máquinas de envase y embalaje en Barcelona.

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