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EL MERCADO DE LA FIRMA DIGITAL

Temor en el sector privado de la certificación a que no haya libre competencia

La entrada de la FNMT en el mercado comercial y los usos del DNI digital son los motivos de preocupación

Los profesionales de las entidades privadas que emiten certificados digitales y los proveedores de tecnología relacionada están indignados. Primero porque la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre (FNMT) ha decidido ampliar su oferta al campo de la certificación para empresas. Y segundo porque el uso del futuro DNI digital puede ir más allá de las relaciones del ciudadano con la Administración y servir también para las gestiones comerciales con empresas privadas en la Red. A su juicio peligra la libre competencia en este sector.

La crisis económica, los retrasos del calendario de implantación y la excesiva complejidad de la legislación han contribuido a que los proveedores de tecnología vinculada a la certificación, como Baltimore o Entrust, entre otros, abandonen su presencia directa en España. Otras compañías que apostaron por este mercado han reorientado su actividad. "Hemos aprendido la lección: el negocio no está en la distribución de productos sino en la implantación de los sistemas informáticos", explica Manuel Martínez, director de mercadotecnia de la consultora daVinci. ACE, una de las firmas más representativas, integrada en Telefónica Data, centra ahora el grueso de su actividad en la seguridad informática.

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SAFELAYER:
BALTIMORE:
ENTRUST:
CAMERFIRMA:
AI:
AUI:

Intereses encontrados

Estos movimientos se explican porque a medida que la eclosión de este mercado se posterga las expectativas de negocio se diluyen. La situación puede agravarse con la decisión de la FNMT. "Me indigna que en un negocio tan embrionario se introduzca un elemento que distorsionará la libre competencia. La inversión para que Ceres entre en el mercado comercial cobrando está hecha con dinero público, ésta es la cuestión", señala Adrián Moure, director del proveedor español SafeLayer. Para Moure el DNI digital no será competencia en actividades comerciales por la simple razón de que no mantiene archivos paralelos capaces de saber si el usuario tiene o no saldo.

Algunos portavoces de compañías privadas que operan en el sector opinan que el redactado de la ley contiene muchas lagunas y que es ambiguo. "Puede que no consiga terminar con los actuales problemas del sector y cree otros", declara Julián Inza, pionero de la certificación en España y director general de Camerfirma, la autoridad certificadora que impulsan el Consejo Superior de Cámaras de Comercio y varias entidades financieras. En palabras de Francisco Ginel, director de ACE, esta ley "abre la puerta a la FNMT para que compita en condiciones de ventaja con el sector privado en el segmento de certificados para empresas".

La preocupación crece a medida que se acerca el DNI digital, que debería estar disponible en toda España en 2004. Este equivalente electrónico del actual DNI, cuyas tarjetas de policabonato serán emitidas por la FNMT por encargo de Interior, incluye una solución de firma digital para que los ciudadanos lo utilicen en sus gestiones con la Administración en la Red, lo que se conoce como ventanilla electrónica. Pero lo que constituye el principal punto de discordia es que esta firma, que será gratuita, podría ser utilizada también para las transacciones con empresas privadas en competencia con los certificados de pago privados.

Alejandro López, abogado del bufete Cremades, ve la probable colisión entre dos objetivos. Por un lado reconoce la comodidad que representa utilizar el carnet para las actividades de ventanilla electrónica y para las gestiones en la Red con comercios, pero avisa de que si se hace imposible la libre competencia a largo plazo se generarán problemas.

Todos los expertos consultados aseguran que aunque la situación del mercado digital dista mucho del idílico panorama que pinta el discurso oficial, lo cierto es que se han dado pasos importantes en la liberalización. Entre los varios ejemplos que citan destaca la orden de 12 de mayo que pone fin a la obligación de que las transacciones telemáticas entre Hacienda y el contribuyente sean expedidas exclusivamente por la FNMT.

"Que se puedan utilizar también los certificados de proveedores privados si cumplen con los requisitos es un paso positivo, aunque el Gobierno haya necesitado cuatro largos años para darlo desde que en 1999 aprobó el decreto ley sobre Firma Electrónica", asegura Pedro Tur, abogado y miembro de la Asociación de Internautas. La AI reclama tener presente el interés de los usuarios. Por otra parte, los colegios profesionales también se mueven. El Consejo de la Abogacía tiene previsto lanzar su propio sistema de certficación para las tareas de sus colegiados.

¿Qué es un certificado?

La firma electrónica es una tecnología que permite asociar un conjunto de datos o un documento a una determinada persona, ya sea en calidad de autor o como responsable de su emisión. Una vez que lo haya firmado electrónicamente, el documento no podrá ser repudiado. Un proceso de firma digital requiere la concurrencia de tres elementos: el propio documento que se va a firmar; el identificador digital de quien va ha hacerlo (o certificado digital), y el programa de software que calculará la firma electrónica mediante unos algoritmos de programación. La firma digital es el resultado de unos cálculos que realiza el software de firma electrónica, que utiliza la información que contiene el documento y los datos del firmante que figuran en el certificado digital. El documento puede ser una carta, una factura o una transacción u otro tipo de archivo digital. El certificado digital es emitido por una empresa prestadora de servicios de certificación, que emiten este tipo de identificadores utilizando la denominada tecnología PKI o de infraestructura de clave pública y se cercioran de la identidad del peticionario. Una vez que el usuario está en poder del certificado, deberá configurar sus aplicaciones informáticas (por ejemplo, el navegador web y el programa de correo electrónico) para que sepan localizar y utilizar el certificado.

A partir de este punto, el usuario podrá decidir qué documentos suyos quiere enviar firmados y cuáles no.

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