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Columna
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Momento de igualdad

El derecho de sufragio es el elemento constitutivo de la igualdad. Los seres humanos únicamente somos iguales a lo largo de toda nuestra vida en el momento en que depositamos el voto en la urna. En todos los demás momentos de nuestra vida somos individuos, esto es, sujetos absolutamente irrepetibles. No hay dos seres humanos a lo largo de toda la presencia humana en el planeta que hayan sido iguales. Ni los habrá. Ni siquiera mediante la clonación se podría conseguir la igualdad. En el reino de la naturaleza no existe la igualdad. Únicamente existe la diferencia.

La igualdad no puede ser nunca humana. La igualdad tiene que ser exclusivamente política. De ahí que seamos iguales los españoles en España, los franceses en Francia y así sucesivamente. "Los españoles son iguales ante la ley...", dice el artículo 14 de la Constitución. Y en términos idénticos se expresan todas las demás constituciones del mundo. Los extranjeros son tan seres humanos como los nacionales, pero no son iguales a estos últimos.

"El ejercicio del derecho al sufragio es el único elemento fiable para controlar la ley del más fuerte"

Y no lo son porque no pueden ejercer el derecho de sufragio. Los extranjeros pueden ejercer todos los demás derechos reconocidos en la Constitución, pero no el derecho de sufragio. Y no pueden ejercerlo, porque el derecho de sufragio es el elemento constitutivo de la ciudadanía, de la nacionalidad. De ahí que sea el único derecho que está expresamente reservado en la Constitución a los ciudadanos españoles, no pudiendo ser ejercido por los extranjeros, excepto en las elecciones municipales y atendiendo a criterios de reciprocidad (artículos 13 y 23 CE).

Quiere decirse, pues, que los seres humanos únicamente somos iguales en las sociedades democráticas porque y en la medida en que participamos mediante el ejercicio del derecho de sufragio en la formación de la voluntad general en sus diversas manifestaciones: estatal, autonómica o municipal.

El momento del ejercicio del derecho de sufragio es, además, el único momento de igualdad real en la vida de los seres humanos. El derecho de sufragio es el único derecho cuyo ejercicio los individuos no podemos personalizar. La personalización del derecho de sufragio convierte en nulo el ejercicio del mismo. En el momento de depositar el voto en la urna se produce la cancelación de nuestra individualidad. Cada uno de nosotros pasa a ser una fracción anónima de un cuerpo electoral único que pronuncia la voluntad general. En el ejercicio del derecho de sufragio cada individuo es absolutamente indistinguible de los demás. No cuenta como individuo, sino única y exclusivamente como ciudadano. Es el único derecho en cuyo ejercicio no podemos ser diferentes, sino que lo tenemos que ejercer en condiciones de estricta igualdad. No hay diferenciación posible.

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Es precisamente en esta cancelación de nuestra individualidad en el momento de depositar el voto en la urna en la descansa la posibilidad misma de constitución de la voluntad general y de que la sociedad pueda, en consecuencia, ser dirigida políticamente. Si cada individuo pudiera incorporar su complejidad personal al ejercicio del derecho de sufragio, la formación de la voluntad general sería imposible. Cada uno de nosotros está preocupado en una combinación que no puede no ser individual por el paro, la seguridad ciudadana, la calidad de la educación o de la sanidad etcétera. Si cada uno, a la hora de votar, pudiera introducir esta combinación personal en la urna, el resultado sería el caos. La cancelación de nuestra individualidad es la condición sine qua non para que la sociedad pueda ser dirigida políticamente.

En el ejercicio del derecho de sufragio nadie puede ser más que nadie. Ni menos. Quedan canceladas todas las diferencias personales. Ni los conocimientos, ni el patrimonio, ni la belleza tienen la más mínima incidencia en el ejercicio del derecho de sufragio.En el ejercicio de este derecho los ciudadanos que figuran en las listas de los españoles más ricos son exactamente iguales que los ciudadanos más pobres. Se trata del único derecho neutro de todos los que figuran en la Constitución. Este carácter neutro es el que convierte al derecho de sufragio en un derecho igual tanto en la titularidad como en el ejercicio. Y esa igualdad es la que lo convierte en el fundamento de la democracia como forma política.

El ejercicio del derecho del sufragio es el elemento igualador de la sociedad. Es el único instrumento mediante el cual se pueden corregir los desequilibrios que se producen en la convivencia humana. No suprimir los desequilibrios, porque los desequilibrios son insuprimibles. Pero sí corregirlos, eso es, procurar mantenerlos dentro de los límites que la voluntad general considera que no deben ser traspasados.

En las sociedades humanas no es posible suprimir la ley del más fuerte. No es ni siquiera deseable. Lo único que se puede conseguir es someter su forma de manifestación al control de normas jurídicas. En esto es en lo que se diferencia una sociedad democrática de otra que no lo es. En las sociedades democráticas son todos los ciudadanos en condiciones de estricta igualdada través del ejercicio del derecho de sufragio los que van a determinar cuales son esas normas jurídicas, esto es, cuales son los límites a los que tiene que someterse el ejercicio de la ley del más fuerte.

Por eso ha sido tan difícil la imposición en la práctica de la democracia como forma política. Y por eso cuesta tanto trabajo conservarla una vez alcanzada. El ejercicio del derecho de sufragio es el único elemento fiable de todos los que se han conocido en la historia de la humanidad para controlar la ley del más fuerte. De ahí la importancia de la participación electoral. Esto es lo que está en juego el próximo domigo.

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