Colegiación obligatoria
Me gustaría que me explicasen el fundamento jurídico del por qué de la obligatoriedad de pertenecer a un Colegio Profesional cuando no se ejerce actividad profesional alguna de carácter privado y, por tanto, la propia Administración puede controlar las actuaciones de los facultativos, de manera que queden suficientemente garantizados los derechos de los usuarios. Este organismo tiene un carácter marcadamente obsoleto y arcaico y se beneficiaria de la posibilidad de que los médicos pudiéramos acercarnos a él voluntariamente.
A mí y a muchos compañeros nos resulta irritante y de dudosa consideración democrática tener que pertenecer a este órgano corporativo, de cuya vitalidad son expresión notable sus publicaciones periódicas, a las cuales me remito para dar fe de su anquilosamiento, ocupadas en procurar viviendas de "alto nivel" para los médicos, homenajes llenos de pompa y solemnidad, cursillos de controvertido nivel científico, y que poco tienen que ver con las actividades de otras corporaciones y sociedades científicas de otros países de nuestro entorno.
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