El Tribunal de Cuentas cifra en más de 9 millones la deuda del PA
El Tribunal de Cuentas ha cifrado en algo más de nueve millones de euros (1.541,5 millones de pesetas) el endeudamiento contable a 31 de diciembre de 2000 del Partido Andalucista con entidades de crédito, según el informe de fiscalización de las cuentas de la citada formación política en dicho ejercicio.
Tras apuntar que el PA presentó el 31 de julio de 2001, "fuera del plazo establecido", las cuentas anuales, que comprenden el balance de situación a 31 de diciembre de 2000, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria del ejercicio, el Tribunal de Cuentas explica que de la mencionada deuda, 7,2 millones figuran en el epígrafe del pasivo "acreedores a largo plazo" y 1,8 millones en el de "acreedores comerciales" (deuda por intereses de las operaciones vencidas), mientras que también pone de manifiesto que no se refleja en cuentas la deuda con vencimiento inferior al año ni la deuda devengada por intereses no vencidos.
El órgano fiscalizador ha detectado que el PA ha dado de baja contable dos operaciones de endeudamiento con abono a cuentas de neto patrimonial. Una de ellas, formalizada en 1986 con un sindicato bancario formado por doce entidades financieras por un capital de 300.506 euros, presentaba una deuda contable de 277.968 euros, y la otra, formalizada en 1992 con un límite de 306.516 euros, mantenía una deuda pendiente según la contabilidad de 304.339 euros. El motivo aducido por el PA, según refleja el Tribunal de Cuentas en su informe, es que, en el primer caso, ninguno de los bancos ha procedido a reclamar fehacientemente el crédito a su favor, por lo que interpretó que todos ellos lo habían dado por fallido, además de haber transcurrido los "plazos de tiempo genéricos". En la segunda operación, el Tribunal de Cuentas señala que la entidad otorgante confirma la vigencia de esta deuda, que estima en 328.442 euros de capital e intereses. En el escrito de alegaciones el partido avanza que esta operación ha sido dada de alta de nuevo, por lo que se procederá a su análisis en la fiscalización de la contabilidad del ejercicio correspondiente.
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