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El juez admite a trámite la quiebra de la promotora de viviendas CPV

Unas 1.200 familias adelantaron a la promotora una media de 18.000 euros

El Juzgado de Primera Instancia 9 de Madrid ha decidido tramitar la quiebra de Comercializadora Peninsular de Viviendas (CPV). La demanda fue presentada el pasado día 8. Este expediente judicial significa que, a priori, CPV es una empresa inviable y que sólo cabe finiquitarla porque su activo es inferior al pasivo. Ahora, el juez nombrará al comisario de la quiebra y ordenará averiguar los activos de CPV. Después, el comisario convocará una junta de acreedores que, a su vez, designará a los síndicos que se encarguen de repatir los activos, si es que quedan.

La demanda de quiebra de CPV que ya tramita el Juzgado de lo Civil 9 de Madrid no tiene nada que ver con el sumario que investiga la juez Rosario Espinosa, del Juzgado de Instrucción número 8. Esta juez investiga por delitos de estafa y apropiación indebida al director general de CPV, Francisco García, a dos de sus hijos -Francisco Javier y Miguel Ángel- y a su socio Miguel Ángel Morillo del Pozo.

Los cuatro se hallan en prisión sin fianza desde la semana pasada por estafar y dejar en la estacada a las 1.200 familias de Madrid que en 1998 anticiparon dinero a CPV -una media de 18.000 euros- a cambio de casas en los nuevos barrios de Montecarmelo, Las Tablas y Sanchinarro.

En lugar de hacer las casas prometidas, CPV vendió los terrenos que poseía en esos barrios, obteniendo fuertes plusvalías, y destinó una parte del dinero de sus clientes a otras promociones inmobiliarias y 'a fines desconocidos', según el auto de prisión dictado por la juez Espinos. Esta juez ha pedido inhibirse de la investigación de este sumario en favor del Juzgado de Instrucción 34, pues entiende que este órgano judicial fue el primero de los de Madrid que recibió la primera denuncia de un afectado por el ahora llamado caso CPV.

Síndicos

La petición de quiebra significa que la viabilidad económica de CPV como empresa carece de todo crédito y que la única solución factible para que sus acreedores puedan recuperar al menos una parte del dinero perdido es liquidarla y repartir sus activos. Fuentes jurídicas no pudieron precisar ayer quién había instado la quiebra, si la propia CPV o alguno de lo acreedores. No obstante, esta solicitud pone en entredicho las declaraciones del director general de CPV, quien, antes de entrar en prisión, señaló que su empresa poseía suficientes activos para devolver el dinero que adeudaba a sus clientes, los compradores de casas en los nuevos barrios del norte de Madrid.

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Según los citados medios, las empresas con graves problemas económicos suelen optar, en lugar de por la quiebra, por la suspensión de pagos. Este mecanismo permite que la empresa siga funcionando, que no se disuelva, y que, con la mediación del juez, los acreedores otorguen un periodo de tiempo a la empresa mientras ésta se sanea y logra liquidarles. Al frente de la suspensión de pagos, el juez coloca a un interventor para que supervise las cuentas y bloquee cualquier operación que perjudique a los acreedores. La quiebra es distinta: el juez nombra a un comisario y a un depositario. Éstos lo primero que hacen es ocupar todos los bienes. Hecho esto, el comisario convoca una junta de acreedores y de entre ellos se designa a los síndicos. Éstos son los que se encargan de distribuir los activos en proporción a la deuda de cada afectado. 'La quiebra es un proceso complejo y muy largo; no conozco ninguna que se haya resuelto en menos de un año', afirman expertos en la materia.

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