Accidentes escolares, drama y polémica
La muerte de un niño en un colegio de Almenara ocurre en medio de dudas por la sentencia de un caso anterior
Un accidente escolar, que se saldó con la muerte de un niño, sobrecogió a la opinión pública la semana pasada y causó consternación en Almenara. Ocurrió en el colegio público Juan Carlos I. La Consejería de Educación ha abierto expediente informativo, en paralelo a las diligencias judiciales, sobre las circunstancias en que acaeció la muerte de un niño de 6 años , que resultó aplastado al caer sobre él un armario cuando salía del comedor. Días antes, en el del colegio Santa Águeda de Benicàssim, hubo un accidente de consecuencias menos trágicas pero en el que resultó herida una niña cuando cayó de un muro.
En el caso de Almenara, tarde o temprano, se delimitarán responsabilidades. En el ambiente pesa la reciente sentencia del Tribunal Supremo que revocaba una resolución del Tribunal Superior de Justicia valenciano por la que la Generalitat debía indemnizar a la familia de un chico de 16 años que murió, a raíz de un balonazo en el patio del instituto. Sucedió en Mislata, durante un partido de fútbol programado como alternativa a la clase de matemáticas. La sentencia, que exonera en este caso de responsabilidad patrimonial a la Administración, tipifica doctrina y crea jusrisprudencia.
En algunos centros, las actividades extraescolares están en suspenso
Hay distintas lecturas de la sentencia mientras la consejería mantiene silencio
A partir de ahí, la confusión. Mientras la consejería mantiene silencio público, las consultas llueven sobre los sindicatos de profesores. 'Sin duda, ha sido el tema estrella del último mes', corrobora Vicent Mauri, del STEPV, 'con multitud de consultas de todo el mundo: profesores, directores, padres y madres...'. A UGT han llegado centenares de consultas al respecto. Luis García Trapiello, de CCOO, reconoce haber atendido muchas preguntas los primeros días, tras conocerse la sentencia. Su sindicato optó por enviar un informe para 'tranquilizar a la gente'. La alarma era obvia, más a raíz de la recomendación del CSIF 'a los equipos directivos y claustros' sobre 'la no realización de actividades extraescolares cuando éstas puedan conllevar algún tipo de riesgo'.
Distintas fuentes confirman que hay profesores que se plantean si hacen actividades extraescolares. En algunos centros se mantienen en supenso. 'Hay profesores que nos están pidiendo un protocolo de actuación en caso de accidente', señala Miguel Asensio, 'algo que no es responsabilidad nuestra, sino de la Administración'.
Las lecturas de las repercusiones de la sentencia no acaban de coincidir. El CSIF señala que podría verse afectada 'la responsabilidad del profesorado ante los accidentes producidos en los centros educativos'. En un comunicado, FETE-UGT sugería que la sentencia 'puede afectar a las actividades que se realizan con normalidad en los centros educativos, dado que ante una situación de inseguridad, el profesorado optará por disminuir las actividades docentes que entrañan riesgos'. Para el STEPV, 'la sentencia contradice criterios ya establecidos de antiguo respecto a los presupuestos de la responsabilidad objetiva', es decir, aquella que 'no requiere de la presencia de culpa, neglicencia o dolo por parte de los funcionarios'. Sin embargo, 'no afecta al estatus preexistente de las responsabilidad civil del profesorado', o sea, 'de las repercusiones económicas que se puedan derivar de sus actos u omisiones'. CCOO considera 'positivamente' el fallo del Supremo, 'por cuanto deja bien claro que no todo accidente que suceda en un centro educativo', por producirse ahí, puede ser objeto de recurso' y, 'si los padres optan por la vía civil o penal, no siempre hay culpa, por lo tanto es inútil la demanda'.
En el STEPV existe la percepción de que, ante determinados accidentes escolares, 'los padres pueden optar por la vía penal inculpando al profesorado', pero el informe de CCOO afirma que 'no lo harán más de lo que ya lo hacen'. De hecho, recuerda, en 1994 los padres del caso de Mislata interpusieron denuncia penal contra varios profesores que fue archivada en la instrucción 'por no encontrar el juez culpabilidad alguna'. El STEPV, no obstante, estima que la Administración debería pactar con las asociaciones de madres y padres un seguro universal que cubriera la totalidad de las lesiones producidas en los centros'.
A finales de mes, tras la huelga contra la Ley de Calidad, la Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos (FAPA) se reunirá con sindicatos y directores de centros para analizar las repercusiones de la sentencia. Mientras, la Consejería espera un informe jurídico antes de pronunciarse. Tanto UGT como STEPV, consideran una 'irresponsabilidad' que la consejería no se haya dirigido a los centros para aclarar la situación y evitar alarmas.
Con estos antecedentes, ¿qué sucederá en los casos de Almenara y Benicàssim? García Trapiello cree que el caso del colegio Juan Carlos I no es como el de Mislata y 'se producirá indemnización civil por responsabilidad administrativa'. Es una interpretación. La solución a este caso puede despejar algunas de las dudas planteadas tras la sentencia del Supremo.
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