El Supremo cierra ahora un caso de violación ocurrido hace 22 años
El tribunal rebaja la pena al acusado, que entonces era menor, por el 'lamentable' retraso
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha cerrado, 22 años después de los hechos, un caso de violación que se produjo en un descampado madrileño en 1980 y que ahora se ha saldado con una condena de un año de prisión. El acusado, Francisco J. S., que entonces tenía 16 años y hoy cuenta 37, ya ha cumplido la pena. El Supremo reconoce 'un cuadro lamentable' de dilaciones indebidas, entre ellas el extravío de la causa durante seis años, por lo que reduce la pena de tres años a uno de cárcel y mantiene una indemnización de dos millones de pesetas para la víctima.
A la víctima de la violación, que tenía entonces 19 años y hoy cuenta 40, los jueces le sugieren que reclame la 'posible responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento anormal de la Administración de justicia'. Es decir, que inicie ahora una reclamación económica que podría dilatarse entre tres y cinco años.
El Supremo admite 'en toda su crudeza' la realidad de lo sucedido, y señala que los plazos de paralización sufridos en la tramitación de la causa fueron evidentemente largos e injustificados y 'constituyen un claro ejemplo de dilaciones indebidas, de funcionamiento anormal de la justicia'.
El 24 de noviembre de 1980, sobre las ocho y cuarto de la noche, una joven de 19 años y su amiga, de 15, fueron abordadas a punta de navaja por Francisco J. S., entonces de 16 años, a la salida del metro de Suanzes. El joven les robó un anillo de oro y una cantidad inferior a cien pesetas; a continuación, siempre bajo la amenaza de la navaja, las llevó a un descampado donde las obligó a desnudarse, penetrando vaginalmente a la mayor. En ese momento, la otra muchacha aprovechó para huir del lugar.
El juicio se celebró el 4 de abril de 2000, '¡20 años después!', expone la sentencia entre signos de admiración. La Audiencia de Madrid condenó a Francisco J. S. a tres años de cárcel y a pagar dos millones de pesetas (12.000 euros) de indemnización a su víctima. Hoy el agresor cuenta 37 años, y la mujer, 40.
Proceso paralizado
Antes de la sentencia, la instrucción del proceso había seguido su curso normal hasta la conclusión del sumario en julio de 1983, año en el que se elevó la causa a la Sección Quinta de la Audiencia Provincial. A partir de ahí, el proceso fue paralizado hasta el 10 de noviembre de 1989, más de seis años, por haberse extraviado el sumario.
En 1991 quedó abierto el juicio oral, pero entonces tuvieron que practicarse gestiones para la localización de la víctima hasta febrero de 1994. La causa volvió a quedar paralizada desde entonces hasta marzo de 1999, cuando se reanudaron las gestiones de localización de la víctima y del propio procesado. El Supremo añade 'sin paliativos' que todo ese 'cuadro lamentable' ocasionó que en la actualidad 'algunos de los perfiles de la causa aparezcan considerablemente borrosos'.
En la vista del recurso ante el Supremo, el fiscal pidió rebajar la pena en atención a la edad que tenía el violador en el momento de cometer el delito y el tiempo transcurrido desde entonces. El Supremo aplica el Código Penal de 1993 y le impone una pena de un año de prisión menor como autor de un delito de violación, pena que declara extinguida por haberla cumplido el violador, que pasó año y medio en prisión preventiva tras ser detenido.
El alto tribunal mantiene la indemnización de dos millones de pesetas en favor de la víctima, cantidad que considera 'del todo justificada en favor de quien fue sexualmente atropellada y ha tenido que esperar, como aflicción añadida, nada menos que 20 años para que judicialmente se le reconozca'.
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado José Aparicio Calvo-Rubio, rechaza la presunción de inocencia alegada por la defensa del violador, que redundó en que en los delitos de agresión sexual difícilmente puede haber más testigos que la propia agredida.
Los jueces, sin embargo, señalan que existe el testimonio de la agraviada, 'sostenido con rotundidad y coherencia a lo largo de 20 años y que acude al juicio después de tanto tiempo para seguir identificando al acusado como autor del hecho, a pesar de lo doloroso que sería para ella tener que recordarlo otra vez'. Además, en este caso existe también el testimonio directo y presencial de la otra joven que corrió el riesgo de haber sufrido la misma desgracia que la víctima.
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