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Laboral | CONSULTORIO
Columna
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Salarios de tramitación

La propuesta del Gobierno de eliminar los salarios de tramitación, incluida en el documento de reforma de la prestación por desempleo, ha generado una fuerte controversia. Los sindicatos se han apresurado a acusar al Gobierno de pretender 'abaratar' el despido y han colocado esta medida en el eje de sus críticas al Ejecutivo. La eliminación de los salarios de tramitación es una vieja reivindicación empresarial.

Y es que los salarios de tramitación son una serie de cantidades que el empresario debe abonar al trabajador si el despido es declarado o reconocido como improcedente o nulo. En estos casos, tanto si se opta por la indemnización como por la readmisión, el empresario debe abonar al trabajador los salarios devengados desde el momento de la extinción del contrato de trabajo hasta el reconocimiento o declaración de la improcedencia o nulidad de la medida, sea en conciliación, sea en virtud de sentencia.

Esto significa que en el caso de que la empresa decidiera despedir a un trabajador, aunque estuviera conforme en abonarle la indemnización legal establecida, si el trabajador recurriera la medida debería además pagarle los salarios devengados, al menos, hasta la conciliación, momento en el cual la empresa puede paralizar su devengo. Esto supone el abono adicional de una cantidad equivalente, más o menos, a unos dos meses de salario.

Hay además que tener en cuenta que para que un trabajador despedido pueda acceder al desempleo es necesario que la empresa reconozca en conciliación el despido como improcedente. La prestación por desempleo se va a percibir así desde la fecha del acta de conciliación. De ahí que el trabajador esté prácticamente 'obligado' a acudir a conciliación si quiere percibir el desempleo.

Así que la supresión de los salarios de tramitación supone una importante minoración en los costes legales del despido. Pero igualmente implica un recorte de los derechos del trabajador, puesto que aunque pase a percibir el desempleo a partir del día siguiente al despido, pierde los dos meses que tenía prácticamente asegurados de salarios de tramitación.

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