El TSJA da la razón a la Junta y obliga a 35 niños a dejar sus colegios concertados y volver a centros públicos en Jaén
La sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón a la Delegación de Educación en Jaén en el recurso interpuesto por la asociación de padres católicos Cecapa, que se opuso a los criterios de escolarización de la Junta y llevaron a sus hijos a los colegios que pidieron en primera opción a pesar de no tener plaza.
La sentencia supone que 35 niños de la provincia tendrán que dejar los puestos que ocupan ahora en centros concertados para volver a los colegios públicos. El texto del TSJA afecta al conjunto de la comunidad autónoma y deslegitima a las asociaciones a interponer recursos que afecten a un colectivo de alumnos. El delegado de Educación, Miguel Jurado, indicó que no se perjudicará a los escolares, por lo que el cambio de centro, si no es consensuado con los padres, se retrasará hasta el próximo curso.
El origen del conflicto que se ha dirimido en los tribunales se sitúa en la actuación de un grupo de padres que se negaron a aceptar una resolución de Educación por la que se denegaba el acceso de un centenar de escolares en colegios concertados que tenían todas sus plazas cubiertas.
La Cecapa recurrió a los tribunales y el Juzgado número 1 de la capital dictó una resolución cautelar mediante la que establecía que los padres podían llevar a sus hijos a los centros que hubiesen solicitado en primera instancia. Educación comunicó a este centenar de padres que los concertados estaban llenos y les remitían a una segunda opción que suponía ingresar en un colegio público.
Con la medida cautelar que adoptó el juzgado de Jaén un grupo de 35 padres de la capital, Linares, Úbeda y Martos decidió que sus hijos pasasen a estar escolarizados en los centros concertados, en los que siguen hasta ahora. Pero la sentencia del TSJA anula la decisión del juzgado jiennense e indica que esa medida cautelar es 'incierta e imprecisa, habiéndose utilizado indebida y fraudulentamente la pieza de medidas cautelares para conseguir efectos que exceden del ámbito propio del mismo recurso contencioso administrativo'.
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