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Condenados tres vigilantes del metro por no socorrer al hijo de Sauquillo

La empresa y una entidad de seguridad deberán pagar 42.000 euros

La Audiencia de Madrid ha condenado a un jefe de seguridad de Metro y a dos vigilantes de Prosesa por omisión de socorro al no atender a Francisco Javier Echeverría-Torres Sauquillo, hijo de la eurodiputada Francisca Sauquillo. El joven se desmayó en la estación de Lista y fue abandonado en la calle; murió horas después. La sentencia condena subsidiariamente a Metro y Prosesa a indemnizar a la familia con 42.070 euros (siete millones de pesetas).

José Luis Hernández Calvo, jefe de seguridad de Metro, ha sido condenado, además, a pagar 700 pesetas diarias durante siete meses. Juan Carlos García Ormeño, uno de los vigilantes juzgados, tendrá que pagar una multa de 300 pesetas diarias durante los próximos cuatro meses. Y José Muñoz Navajas, el tercero de los condenados, deberá abonar 200 pesetas diarias durante tres meses.

Los tres estaban acusados de un delito de omisión de socorro por sacar de la estación de Lista, el 7 de abril de 1998, y abandonar en la calle a Francisco Javier Echeverría-Torres Sauquillo, hijo de la eurodiputada Francisca Sauquillo. El joven agonizaba en el interior de la estación tras sufrir una hipoglucemia. Echeverría-Torres, que padecía anorexia nerviosa, murió horas después en el hospital de la Princesa.

La sentencia señala que García Ormeño y Muñoz Navajas descubrieron al joven cuando realizaban una ronda por la estación. Al observar que Torres-Echeverría se hallaba tirado en el suelo, requirieron a la central de seguridad de Metro, sala 3, una ambulancia del Samur. Pero José Luis Hernández Calvo, que era el responsable esa noche de la central, 'no atendió la petición de los vigilantes y les aconsejó que desalojaran al chico, lo dejaran en la calle y siguieran su ruta'.

Para la magistrada Mercedes Fernández, ' este consejo, instrucción u orden fue aceptada por los agentes, quienes dejaron a Francisco Javier en el suelo, a la intemperie, en la calle, yéndose del lugar'.

La magistrada afirma que la prueba principal para condenar a los procesados ha sido una cinta donde quedaron grabadas las conversaciones entre el jefe de seguridad de Metro y los vigilantes esa noche. Aun así, ha aplicado a los condenados el artículo 50 de Código Penal, donde se explica que las cuantías de las multas 'deben ir en consonancia con la situación económica del reo'.

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La sentencia también detalla que se reduce la multa a Muñoz Navajas por haber colaborado con la justicia para esclarecer los hechos. Responsabiliza, además, subsidiariamente a Metro y a la empresa de seguridad Prosesa, en las que trabajaban los acusados. Estas entidades deberán indemnizar a la familia Echeverría-Torres con 42.070 euros (unos siete millones de pesetas).

Jacobo Echeverría-Torres, padre de la víctima, se mostró 'conforme' con la sentencia y pidió a Metro, a partir de ahora, 'un trato más humano' y sin tanta 'desidia'.

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