La resolución genera polémica entre los jueces
El auto de la Sección Cuarta de lo Penal provocó de nuevo la polémica en la Audiencia Nacional, donde algunas fuentes tacharon la citada resolución de 'incoherente', por cuanto reconoce la relación de Ekin con la violencia callejera pero no de dicha organización con ETA. Según esas fuentes, cabría pensar en una organización que, sin relación con ETA, estaría dirigiendo por su cuenta y riesgo la kale borroka.
La resolución de los magistrados Cezón y López Ortega es particularmente vitriólica hacia la labor de Garzón, al que recrimina que sus autos 'no contienen la más mínima respuesta a la necesidad de comprobaciones y verificaciones', por lo que deja al tribunal carente de las 'claves precisas' para confirmar la prisión de los dirigentes de Ekin.
Sin embargo, la principal preocupación se centra en el hecho de que la resolución se haya notificado poco después de que España propusiera a sus socios en la Unión Europea la inclusión de Ekin, junto a otras organizaciones del entramado de ETA como Gestoras pro Amnistía, en la lista de grupos terroristas europeos.
Además, las dudas de la Audiencia sobre la dependencia de Ekin con ETA se han hecho públicas apenas 48 horas después de que Garzón declarase la ilicitud de las Gestoras pro Amnistía, a las que definió como 'parte integrante' de ETA-Ekin. Según las fuentes de la Audiencia Nacional, la inexistencia de la relación ETA-Ekin socava la base de las investigaciones sobre el entramado levantado por la banda terrorista, ya que al afectar a Ekin, afecta también a Gestoras o a Haika, el vivero de ETA.
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