Un juez de Jaén condena a un hombre por infligir malos tratos psicológicos a su ex esposa
La sentencia destaca que el condenado insultó y amenazó reiteradamente a la mujer
El Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha condenado a R. P. L. a por un delito de malos tratos psicológicos habituales contra su anterior esposa, D. M. M. La Asociación Derecho y Democracia, que mantiene un convenio para prestar asistencia legal con el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), ha sido quien ha ejercido la acusación particular y ha logrado el primer fallo de un tribunal jiennense (el segundo en Andalucía) en el que los malos tratos no han de ser solamente físicos para considerarse delito. El juez señala que D. M. M. padece el 'síndrome de la mujer maltratada'.
El juez Rafael Morales se ha basado para ello en la reforma aportada por la Ley Orgánica 14/1999 del artículo 153 del Código Penal, que también amplía el ámbito del delito a los ex convivientes y refuerza los conceptos de habitualidad y reiteración como principal prueba de cargo.
La sentencia, que está recurrida ante la Audiencia Provincial de Jaén, condena a R. P. L. por un delito de malos tratos psicológicos habituales, otro de amenazas y tres faltas de injurias leves a la pena de 16 meses de prisión por ambos delitos y prohibición de aproximación a la víctima durante dos años.
Por las faltas, el juez Rafael Morales le impone la pena de 20 días de multa por cada una, a razón de 500 pesetas por día, además de obligarle a indemnizar a su ex esposa con 50.000 pesetas por los daños morales que le ocasionó.
El magistrado Rafael Morales considera probado que R.P.L. abordó a su esposa el 11 de enero de 2000 en una vía pública de Martos -municipio de residencia de la pareja, separada desde 1998- profiriéndole frases como 'zorra, puta, te tengo que rociar con gasolina' y 'te tengo que quitar la vida', frases que reiteró los días 14 y 18 del mismo mes, el último de ellos en presencia del hijo menor de la pareja.
Además, el juez entiende en los fundamentos de derecho que estos hechos se fueron repitiendo con asiduidad al menos desde 1998, lo que motivó que D. M. M. presentara varias denuncias contra el acusado, que se saldaron con numerosos juicios de faltas en los juzgados de Martos. 'Lo que realmente viene a sancionarse no es la suma de agresiones, sino precisamente el mantenimiento de ese constante e insoportable clima violento para con un familiar', se indica en la sentencia.
El juez Rafael Morales ha tomado como base las declaraciones de varios testigos, entre ellos la de los hijos de la pareja, 'que claramente se niegan no sólo a vivir sino también a ver a su padre porque siempre pega a su madre'.
Testimonios
De otro lado, se aportan los testimonios de una médico forense y una psicóloga reiterando el carácter agresivo del acusado así como la posibilidad de que éste pudiera materializar sus amenazas.
Además, los informes expusieron que D. M. M. padece el 'síndrome de la mujer maltratada', consistente en 'sensación de angustia, ansiedad, miedo, trastornos del sueño, apuntando como único origen de los mismos los malos tratos físicos y psíquicos provocados por el marido'.
La directora provincial del Instituto Andaluz de la Mujer en Jaén, Natividad Redondo, ha valorado el 'trabajo extraordinario' llevado a cabo por la Asociación Derecho y Democracia y, de modo especial, de la letrada Estela Sánchez, que ha ejercido la acusación particular en este caso.
'Es un paso muy importante el que los jueces no necesiten ver a una persona con un ojo morado para condenar al agresor', señala Redondo, que pide a los jueces la máxima concienciación sobre los malos tratos a las mujeres.
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