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Un año de prisión a dos médicos por la muerte de una mujer en el parto

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Valencia que condenó a un ginecólogo y a un anestesista del Hospital Nueve de Octubre a un año de prisión y tres de inhabilitación profesional por su 'grave desatención' a una mujer que falleció en un parto por cesárea. Los facultativos J. F. G. G. y F. C. L., son responsables de un delito de homicidio por imprudencia, por el que deberán indemnizar con quince millones de pesetas al viudo de la fallecida y con 25 millones a su hijo, que nació minutos antes de que muriera su madre.

La sentencia declara probado que el 10 de octubre de 1996, la mujer, de 40 años, fue sometida a una operación de cesárea en el Hospital Nueve de Octubre de Valencia para dar a luz a su hijo y que la intervención fue practicada por los acusados, J. F. G. G, ginecólogo cirujano, y F. C. L., anestesista. Tras dar a luz a un hijo varón sano, la madre sufrió una pérdida sanguínea 'de tal magnitud' que, pese a las maniobras de reanimación que le practicaron los facultativos, murió por un shock hipovolémico. Según el Tribunal Supremo, la mujer sufrió esta pérdida de sangre por la 'grave desatención' de los médicos ante la hemorragia, la bajada de las constantes vitales y la tensión arterial que se produjeron. Los peritos confirmaron esta pérdida de sangre como causa de la muerte; sin embargo, los acusados alegaron en su favor que la citada hemorragia era 'la normal' en una cesárea y recurrieron la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia al entender que se había vulnerado su presunción de inocencia.

Según la sentencia, una vez descartada la posibilidad de una 'hemorragia súbita', a la que ninguno de los implicados hizo alusión, 'sólo queda la alternativa de una pérdida de sangre paulatina que debió ser forzosamente advertida por el cirujano y el anestesista'. La 'gravedad' de la imprudencia profesional que cometieron los procesados es 'indudable', ya que para los dos 'era fácilmente previsible el riesgo', apunta la sentencia.

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