De las ayudas familiares a la adopción
El Consell tutela a 2.000 menores en desamparo y dispone de medidas para evitar su desprotección
Ana y María tienen cuatro y siete años. Su madre no sabe leer ni escribir y su padre, que no superó los estudios primarios, está en paro desde que hace meses perdió el bar que tenía. Sólo ella realiza trabajos de limpieza doméstica de forma esporádica. La relación de pareja no es buena. Hay reproches constantes entre ambos, discusiones y acusaciones que en ocasiónes han llegado al juzgado. No hay evidencias de violencia física más allá de las denuncias presentadas en los tribunales que nunca han prosperado. Ambos se lanzan acusaciones de abusar del alcohol, aunque la mujer va más lejos. Dice que la causa de la pérdida del negocio de su marido fue su adicción a la cocaína. En cualquier caso, tampoco hay evidencias de una u otra situación. Este clima familiar tiene su reflejo en los problemas afectivos que padecen las niñas. La falta de entendimiento lleva a que no haya criterios educativos definidos y desemboca en falta de autoridad de los padres sobre las hermanas.
Este es el escenario que describe uno de los cientos de expedientes de los equipos municipales de servicios sociales de la Comunidad que trabajan en la protección de los menores valencianos, los ojos de Bienestar Social, como los describe uno de los técnicos de la consejería. Estos servicios suelen ser la puerta por la que entran las informaciones sobre niños con problemas, ya sea directamente o a través del colegio, el centro de salud o la policía local. Desde que existe la sospecha de que un menor no tiene asegurados sus derechos, los servicios municipales se ponen en marcha.
En el caso de Ana y María (nombres supuestos), como en el resto, lo primero es determinar si existe riesgo o desamparo. El primer caso se emplea para referirse al menor grado de desatención y se puede suplir sin romper la unidad familiar. Para ello, existen medidas de apoyo familiar como las ayudas económicas para familias desfavorecidas, becas de comedor, ayudas para guarderías o programas de inserción laboral para los padres. El objetivo en estos casos es reconducir la situación por la que atraviesan las familias e introducir cambios de hábitos que corrijan la desatención de los niños. Cuando se considere necesario alejar a los menores de los padres o que las medidas municipales no son suficientes, la opción de la Administración es decretar el desamparo. Esta medida supone un cambio más radical en el entorno del menor ya que suele implicar la retirada de la tutela de los padres. A principios de 2001 el Consell tenía asumida la tutela de 2.000 menores. La decisión de retirar la patria potestad se deriva en un 80% de los casos en la negligencia de los padres en la atención a sus hijos, más que en maltrato hacia el menor, según Bienestar Social. En un porcentaje mucho menor, son los abusos sexuales o las evidencias de agresiones las causas de apertura de un expediente de desamparo.
Llegados a este punto, el objetivo es que le medida a tomar sea la menos grave para el menor. La primera opción que se baraja es la del acogimiento familiar. En este caso, los tíos o abuelos han de acceder y han de tener unas condiciones que mejoren la situación anterior, lo que no siempre se cumple. Más traumáticas son opciones como el acogimiento en centros residenciales, motivado por tutelas o guardas, situación jurídica en la que la familia cede voluntariamente y por un tiempo determinado el cuidado del menor. Junto a ellas, existe la posibilidad de la acogida en familias educadoras, que se ofrecen a atender a los menores. Esta opción registra un elevado crecimiento. De los 383 niños acogidos en familias, se pasó a los 1.419 en 1998 y a los 2.173 el año pasado. Hay varias modalidades como las acogidas temporales, en las que las familias cuidan a los menores que salen de fin de semana, los definitivos, que se acuerdan por el juez cuando la edad u otras circunstancias desaconsejan la adopción, o el preadoptivo, que tiene como finalidad adoptar y que fija un periodo de adaptación de un año.
Este marco ha sufrido una actualización que entró en vigor el 28 de agosto, fecha a partir de la cual se aplicó un decreto dirigido a 'adaptarse a la evolución jurídica y la nueva regulación estatal', según el consejero de Bienestar Social, Rafael Blasco.
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