Un tribunal belga declara ilegales las comisiones de los representantes
El gremio de representantes, agentes e intermediarios podría quedarse sin su mayor fuente de ingresos, el 10% de comisión que ingresan religiosamente tras cada traspaso, si cunde el ejemplo y más países europeos dictan sentencias como la que acaba de conocerse en Bélgica y que publicaba ayer el diario La Libre Belgique.
El tribunal de apelación de Lieja ha confirmado una sentencia de 1999 del tribunal de comercio de la misma ciudad que declaraba ilegales conforme a la legislación belga las comisiones de los intermediarios en los traspasos de jugadores profesionales.
La película del caso que ha conducido a una sentencia que aún no se ha aplicado, y que no tiene parangón en ningún otro país europeo, ofrece una radiografía perfecta de los usos y costumbres del entramado que rodea cualquier transacción futbolística desde la liberalización que supuso la sentencia Bosman.
Los hechos se remontan a 1996. El Standard de Lieja, añejo club de la primera división belga, fichó al futbolista Gunther Schepens y firmó un contrato con sus representantes por medio de una sociedad interpuesta, la European Football Consulting, propiedad de los mánagers. El club paga religiosamente a esta empresa los plazos previstos del montante por la intermediación. El primero ascendía a 500.000 y el segundo a 250.000 francos belgas (dos millones y un millón de pesetas, respectivamente). Poco después, el jugador anuncia al Standard que ha cambiado de agente porque al suyo no le reconoce la FIFA.
Reclamación del 10%
En 1997, el Standard traspasa a Schepens al Karlsruhe alemán por 57 millones de francos belgas (unos 235 millones de pesetas) y unos meses más tarde recibe una factura de European Football Consulting (la empresa de los primeros representantes) reclamándole su 10% (23,5 millones de pesetas) porque el contrato de 1996 preveía su participación en caso de un traspaso eventual a otro club. El club se niega apelando a la nulidad del contrato de 1996 y, además, a que Eropean Football Consulting había perdido los derechos del jugador. El asunto termina en los tribunales de comercio.
El caso anda lento, pero en 1999 llega la sentencia, ratificada el pasado mes de marzo por el tribunal de apelación. Basándose en un real decreto de 28 de noviembre de 1995, el juez Evrard concluye que es ilegal 'la atribución o la negociación del potencial de trabajo de otra persona mediando remuneración'. La única excepción del decreto ley hace referencia a los artistas del espectáculo, pero dado que los abogados de los mánagers no apelaron en ese sentido, no se sabe si a un futbolista se le podría asimilar con un artista.
Dado que crea jurisprudencia, cualquier club belga podría agarrarse a la sentencia en cualquier momento, aunque ninguno ha expresado aún su voluntad de hacerlo: al parecer es mayor el miedo que tienen al poder del clan de los intermediarios que su deseo de ahorrarse un 10% de las transferencias.
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