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Tribuna:LIBERALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA
Tribuna
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Los costes empresariales y el registro mercantil

El autor aboga por la libre elección de registradores y les critica por intentar mantener un monopolio profesional ayuno de competencia

Los empresarios solventes saben que la burocracia entorpece y que su exceso se paga siempre en pérdida de competitividad. Reclaman eficacia administrativa mediante la supresión de trámites y el abaratamiento de costes. Saben también que estas virtudes únicamente pueden venir mediante la liberalización y la competencia, y nunca se producirán en un modelo de exclusivas. Por eso, es lógico que hayan recibido con perplejidad y un punto de ironía cierto documento que les ha sido presentado por la Asociación Profesional de Registradores (APR) y que ofrece abaratar los costes de los documentos mercantiles por la insólita vía de un monopolio profesional ayuno de cualquier vestigio de competencia y a costes blindados de arancel. El talento es dado a la paradoja, pero ciertos excesos de picardía cruzan el pequeño paso entre lo sublime y lo ridículo, al tenerse uno por muy listo y tomar al interlocutor por bobo.

Es necesaria una reforma del Registro Mercantil para la reducción de los costes empresariales

El documento de la APR, bajo el título La reducción de costes empresariales y el Registro mercantil: una reforma necesaria, promueve la luminosa sugerencia de que todo será mejor y más barato si se elimina de la documentación mercantil a los abogados, notarios y getores, así como los anuncios en los periódicos, y se deja sólo a los registradores. Pasan por alto el pequeño detalle de que el registrador es el único profesional que no puede ser elegido por quien le paga (el consumidor, que en cambio escoge los abogados, notarios o gestores más eficientes) y que además trabaja con arancel blindado. ¿En qué raro manual de economía encuentran argumentos los registradores para recomendar la absoluta falta de competencia como vía hacia el ahorro y la eficacia?A falta de manual en el que buscar abrigo, el documento de la APR cita una y otra vez el supuesto ejemplo italiano. Así que conviene preguntarse qué sucedía en Italia y cómo han mejorado.

Pues bien, en Italia sucedía que los documentos otorgados bajo el control de legalidad de los notarios se sometían a un segundo control por parte de los jueces, con el resultado de frecuentes discrepancias que añadían inseguridad y costes a los meses de retraso. ¿Cómo han mejorado? Mediante la ley de 24 de noviembre de 2000, que elimina el segundo control, el judicial, que se mantiene sólo como apelación de los socios ante el juez cuando no compartan el criterio del notario de que un documento no es inscribible. Y con la dura y natural cautela de que el notario que autorice un documento sin las condiciones legales establecidas será sancionado con suspensión y multa de hasta treinta millones de liras. En Italia tienen además la importante economía de tiempo y costes que se deriva de que el Registro Mercantil está a cargo de funcionarios a sueldo, limitados a comprobar la regularidad formal de la escrita que inscriben.

El ejemplo italiano, ciertamente atractivo en la realidad, tiene pues poco o nada que ver con la fantasía del documento propuesto por la APR a los empresarios españoles. Casi es lo contrario. Cabe temer que sus redactores han querido imitar, a beneficio corporativo, la reciente propuesta notarial de una 'ventanilla única' que agilice, abarate y perfeccione la seguridad de los documentos mercantiles.

Pero es una imitación muy desafortunada, porque, mientras la propuesta de los notarios sólo pretende evitar que el ciudadano soporte las deficiencias del doble control, el documento de la APR, con osadía y falta de rigor que sorprenden por venir de quienes viene, intenta suprimir la intervención de los profesionales que son susceptibles de libre elección por el consumidor (abogados, notarios y gestores) y entregar todo el control al arbitrio del único profesional que, en España y a la espera de una reforma racional que corrija el dislate, viene impuesto al consumidor y cobra con aranceles que el que paga no puede discutir.

Mientras el modelo español del notario es el que funciona en casi toda Europa continental y el más extendido por el mundo, no hay en toda Europa otros registradores que, como los españoles, cobren por arancel e ingresen en sus bolsillos, sin límite, lo pagado por el usuario. En el resto de Europa, en Italia por ejemplo, los registradores son funcionarios remunerados por sueldo. ¿Alguien sensato, y los empresarios lo son, puede creer que habrá más eficacia y menos costes mediante el modelo de monopolio, aranceles cerrados y exclusivas territoriales que pretende la APR?

Las ventajas para el consumidor deben buscarse por caminos de sentido común. Por ejemplo, dando por suficiente el control de legalidad ya hecho por el notario, o bien, suavizando los perjuicios del doble control mediante la introducción de la competencia. Esto último no es difícil. Bastaría con que, para el acto previo de calificación del documento, el usuario pueda elegir al registrador que considere más preparado técnicamente o que dedica más horas a su oficina, como elige a cualquier otro profesional al que va a retribuir sus servicios. Dejando para el registro en que radica la finca el acto mecánico de la inscripción. O también, mediante la armonización de los requisitos y efectos del actual documento público (en papel) con el documento público digital, para que las empresas puedan aprovechar plenamente los ahorros de tiempo y costos de las nuevas tecnologías.

El mantenimiento de las excelentes condiciones de calidad y seguridad que la escritura pública tiene en nuestro país es conciliable, en efecto, con la prestación de un servicio más rápido a menor coste, si se generaliza la libre elección de los profesionales por quienes pagan sus servicios, como es propio de una sociedad moderna, abierta y competitiva. Esto es lo que se lleva por Europa, desde luego también por Italia y todos queremos y debemos contribuir a que se lleve en España. Con el documento de la APR sólo se puede coincidir en el título, antes citado. En efecto, es necesaria una reforma del Registro Mercantil para la reducción de costes empresariales.

Patricio Toscano es abogado del Estado.

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