El tribunal del 'caso Liaño' inicia el estudio del indulto la próxima semana
El Pleno de la Sala Penal del Tribunal Supremo decidió ayer esperar a que el indulto del ex juez prevaricador Javier Gómez de Liaño se publique en el BOE antes de pronunciarse sobre su aplicación y sobre la medida que ordena reintegrarle a la carrera judicial. La sala acordó también que la primera toma de contacto con el indulto recaiga sobre el tribunal sentenciador, integrado por tres magistrados, que podrían recabar la intervención del resto de la sala.
Votos discrepantes
La decisión del Pleno se adoptó en el curso de una reunión ordinaria, convocada con anterioridad y en la que el indulto a Liaño no figuraba en el orden del día. Algunos magistrados, como Roberto García Calvo y Adolfo Prego, propusieron ceñirse al orden del día establecido y evitar ceñirse en exclusiva al debate sobre la medida de gracia. García Calvo propuso además que el asunto sea debatido por la Sala Penal en pleno, aunque se acordó que sea el tribunal sentenciador el que decida sobre el asunto. El criterio mayoritario es que si no se consideró necesaria la intervención del pleno de la sala para juzgar el caso, la aplicación del indulto debe hacerse, en principio, por el tribunal sentenciador, excepto si los magistrados que lo integran piden una opinión del resto de la sala.
Tras este acuerdo, el tribunal sentenciador, integrado por el presidente de la Sala Penal, Luis Román Puerta Luis, y los magistrados Enrique Bacigalupo y José Antonio Martín Pallín, decidirá previsiblemente en los primeros días de la próxima semana cómo aplicar la medida de gracia.
Fuentes judiciales consultadas por este periódico explicaron que las opciones a partir de ese momento se reducen a tres: que aplique el indulto el propio tribunal sentenciador o que éste pida la intervención de los demás magistrados en Sala general o en Pleno jurisdiccional.
La Sala general tiene contenido doctrinal y emitiría un dictamen de carácter jurídico sobre la aplicación de los indultos, cuyos criterios serían plasmados en su resolución por los tres magistrados del tribunal sentenciador. Al tener contenido doctrinal, todos los magistrados debaten, pero no juzgan, y contra el criterio adoptado por la mayoría no caben votos particulares discrepantes, por más que se conozca la opinión de cada uno por el sentido de las intervenciones que realicen.
El tribunal sentenciador también podría proponer que el asunto lo resuelva la Sala en pleno, en funciones jurisdiccionales. En ese caso, serían los 14 magistrados de la Sala los que aplicarían el indulto. La decisión se adoptaría por mayoría, pero contra la misma cabría formular votos particulares discrepantes. Al tratarse, además, de un pleno jurisdiccional, tendrían que abstenerse de intervenir algunos magistrados que han tenido relación con Liaño. Una vez aplicado el indulto, el Supremo lo comunicará al interesado, quien lo podrá recurrir ante la propia sala, así como ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Por otra parte, las ejecutivas de las asociaciones Jueces para la Democracia (JpD) y Unión Progresista de Fiscales (UPF), reunidas ayer en Palma de Mallorca por primera vez para debatir propuestas conjuntas, calificaron de "enormemente negativo" para la imagen y credibilidad de la justicia el indulto del Gobierno al ex juez prevaricador Gómez de Liaño, informa Patricio Candía.
El portavoz de la UPF, Adrián Salazar, informó de que ambas asociaciones rechazaron las "acusaciones de prevaricación" vertidas en algunos medios informativos contra los jueces que dictaron la sentencia condenatoria. Además, criticaron la pasividad del Fiscal General del Estado, Jesús Cardenal, en este asunto.
La portavoz de Jueces para la Democracia, Montserrat Comas, declaró que el contenido del real decreto de indulto a Liaño no se ajusta a la Ley de Indulto, y podría "invadir competencias del Consejo del Poder Judicial y plantear problemas muy serios de legalidad".
Comas explicó que ambos colectivos no cuestionan la competencia del Gobierno en materia de indulto, siempre que "la medida de gracia esté sujeta a la ley, porque así lo dice la Constitución". Añadió que los indultos "no pueden hacerse de forma arbitraria" y que "hay una ley que regula en qué situaciones se conceden esos indultos y la ley no prevé que se puedan indultar penas ya ejecutadas", como la expulsión de Liaño de la carrera judicial.
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