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Tribuna:EL PLAN HIDROLÓGICO NACIONAL
Tribuna
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Planes hidrológicos y trasvases

Sobre el anteproyecto de Plan Hidrológico Nacional gravitan dos confusiones graves y bastante generalizadas. Una consiste en el empleo indistinto de los adjetivos hidráulico e hidrológico para calificarlo, práctica que, lejos de suponer recurso legítimo a la sinonimia en evitación de reiteraciones, incurre en flagrante metonimia, que hace del todo parte. Finalidad de la hidráulica es, al decir de la Academia, conducir, retener, elevar y aprovechar el agua; en cambio, se entiende por hidrológico todo lo que hace referencia al agua, incluyendo, mucho más allá de la obra de ingeniería y del uso de caudales epigeos, entre otros muchos aspectos, la extracción de aguas subterráneas, depuración y reutilización de residuales, desalación de salobres y marinas, defensa de la calidad del recurso, optimización de su consumo y, con una gestión integral, adecuada atención a sus múltiples implicaciones ambientales. Y la segunda confusión radica en la identificación simplista y abusiva de plan hidrológico con ley de trasvases o, como quiere, con menor precisión semántica, la vigente Ley de Aguas y, con ella, el borrador del citado anteproyecto, de transferencias. Se trata, en suma, de un par de errores que, inadmisibles de todo punto, no son casuales o intrascendentes ni meramente formales.El tropo aludido obedece quizá a que España no ha conocido hasta ahora sino planes hidráulicos, y, salvo uno, todos eran acordes con sus respectivos contextos. Tal ocurrió, en primer término, con el Avance de un Plan General de Pantanos y Canales de Riego de 1899, y, tras él, con el Plan General de Canales de Riego y Pantanos de 1902 o Plan Gasset, sus aditamentos de 1909, 1916 y 1919, las actuaciones de las Confederaciones Sindicales Hidrográficas y, a tenor de sus propias denominaciones, con el magno I Plan Nacional de Obras Hidráulicas de 1933 y el Plan General de Obras Hidráulicas incluido en el Nacional de Obras Hidráulicas de 1940; todos ellos tienen en común, además del carácter estrictamente hidráulico, la fidelidad al ideario regeneracionista y su elaboración en el marco jurídico de la Ley de Aguas de 13 de junio de 1879, vigente por más de un siglo, hasta 31 de enero de 1985.

La excepción señalada corresponde al anteproyecto de Plan Hidrológico de 1993, que, a pesar de su denominación y de plantearse en cumplimiento de la nueva Ley de Aguas de 2 de agosto de 1985, que era y es una norma innovadora y de indudable naturaleza hidrológica, mantuvo, en clara discordancia con ella, un enfoque primordialmente hidráulico, deudor aún del legado regeneracionista. Para que no hubiese ninguna duda al respecto, los redactores de su Memoria cayeron en la tentación de recordar y remedar la canturía imaginaria que Joaquín Costa puso en boca del Río Ésera, y lo hacían en los términos siguientes: "...la próxima ley da solución a problemas pendientes, y esto en vísperas del comienzo de un nuevo siglo, en el cual el viejo sueño de Costa se hará, por fin, realidad, si bien no se limitará a su querida Litera: el Ésera y otros numerosos Éseras recorrerán la piel de España y sus aguas límpidas serán, recordando el estilo poético de Costa, su sangre, su oro, el camino de la liberación y de la opulencia colectiva". Así pues, este Anteproyecto no representó el final de la política hidráulica, inspirada un siglo antes por el regeneracionismo, sino, paradójicamente, su ápice, al pretender, en especial mediante dos macrotrasvases, una sustancial reestructuración hidrográfica del territorio español peninsular.

No debe sorprender, luego de la transnominación apuntada, la asimilación que el gran público hace de plan hidrológico y ley de trasvases, como si aquél contuviese exclusiva y necesariamente éstos. Pero cierto es que ellos han constituido y siguen constituyendo el principal motivo de controversia en los planes proyectados, máxime con la lógica incorporación de las preocupaciones ambientales, propias de las sociedades desarrolladas. Tampoco puede desconocerse su papel, en unos y otros, de auténticas piezas maestras: el Plan de Mejora y Ampliación de los Riegos de Levante, con el trasvase Tajo-Segura, lo era del I Plan Nacional de Obras Hidráulicas; cinco trasvases menores y los macrotrasvases del Ebro y Norte-Duero hacían subir la necesidad global de transferencias a 3.771 hm3 en el Anteproyecto de 1993, detrayendo del Ebro 1.855 hm3, volumen que el actual reduce a 1.000. Por razones obvias, se pasó sobre ascuas y también ahora se admite la reserva de uso, con fuerte ampliación de regadíos, que el "Pacto del Agua" de Aragón cifra en 6.550 hm3. Son datos todos que invitan a la reflexión y que, con ella, debieran, en Cuestión de Estado de tan singular entidad, mover al consenso político, única vía para que los adjetivos hidrológico y nacional del Anteproyecto adquieran verdadero y pleno significado.

Antonio Gil Olcina es profesor del Instituto Universitario de Geografía de Alicante.

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