_
_
_
_
_

Condenada la dueña de una maceta que cayó al vacío y mató a una mujer

El viento fuerte y racheado y las macetas que adornan balcones se alían a veces para causar accidentes graves. En julio de 1989, una tormenta azotó la capital con vientos que soplaron a 77 kilómetros por hora. Ello provocó que una maceta situada en un balcón, a 25 metros de altura, se deshiciese de sus aros y cayese al vacío con tan mala suerte que golpeó en la cabeza de una mujer y le provocó la muerte.

"Versión confusa"

La maceta impactó en la cabeza de la portera del bloque, Petra V. I. La mujer murió casi en el acto víctima de un grave traumatismo. Ahora, diez años después de la tragedia, y tras la intervención en este caso de tres instancias judiciales distintas -la penal, la laboral y, finalmente, la civil-, la Audiencia de Madrid ha condenado al pago de 10 millones de pesetas a la inquilina del piso, Herminia A. H., a los propietarios y a las compañías aseguradoras del inmueble.

Determinar la responsabilidad del óbito no ha sido fácil para los jueces. Uno de los tres magistrados de la Sección Trece de la Audiencia ha emitido incluso un voto particular contrario a la condena. Se plantea en su escrito hasta qué punto cabe imputar el siniestro a la inquilina del piso, una mujer que entonces contaba 70 años de edad y que se vio desbordada por el fuerte viento que azotó ese día la capital. En su opinión, se trató de un "caso fortuito", desgraciado, pero fortuito. "Si para una persona de cultura media a alta le habría resultado difícil conocer de antemano las características meteorológicas de los meses de julio en Madrid, mucho menos se puede pedir ese conocimiento a una anciana de 70 años. Y lo que no es previsible no es evitable", razona el magistrado discrepante.

Sus compañeros no sólo no comparten esa reflexión, sino que, además, han elevado a 10 millones la indemnización (entonces, ocho millones) que en su día impuso a la arrendataria, sólo a ella, el Juzgado de Primera Instancia 58 de Madrid. Para garantizar que la familia de la víctima perciba esa cantidad, la Audiencia ha condenado, también, a las aseguradoras del inmueble.

Los jueces aseguran que la capital sufrió esa semana fuertes tormentas, acompañadas de vientos racheados, lo que debió alentar a la inquilina a evitar el potencial peligro que supone dejar supendida en el aire una maceta sujeta a los hierros del balcón mediante aros. Y lo que es peor, colgada sobre la calle.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

La versión de la inquilina fue confusa. Ante el juez de instrucción (que archivó el tema tras considerar que la ausencia de dolo y negligencia descartaba un delito), Herminia afirmó que las macetas las tenía en el balcón, sujetadas con aros, pero no sobre la calle, sino hacia adentro. También refirió que días antes del siniestro echó en falta precisamente la maceta homicida, y se defendió alegando que la inesperada llegada del viento "le impidió reaccionar a tiempo para retirarlas". Los jueces ven más razonable que la maceta estuviese "metida en un aro de hierro sujeto al balcón, pero hacia afuera, y que el aro debía estar en malas condiciones (seguramente, muy oxidado por estar a la intemperie)". Sostienen que se rompió por el empuje del viento, "dejando caer la maceta a plomo sobre la calle". Si la maceta hubiese estado hacia adentro, esa muerte se habría evitado, razonan.

Convienen los jueces en que la racha de viento no fue sorpresiva: "No pueden considerarse imprevisibles tormentas en Madrid en el mes de julio con vientos de fuerza igual o superior a los 70 kilómetros por hora". "El Instituto Nacional de Meteorología pone de manifiesto que en los once años que van de 1986 a 1996, durante el mes de julio se han registrado rachas máximas de viento con valores superiores a los 60 kilómetros por hora; uno de esos años, incluso se alcanzaron los 100 kilómetros".

La responsabilidad no es exclusiva de la inquilina; lo es también de los propietarios del piso, coinciden los jueces. Entre sus obligaciones está el advertir a la arrendataria, una mujer mayor, del riesgo que implica suspender con aros una maceta sobre la calle. Y debieron apercibirse de ese riesgo, puesto que la situación de la maceta era perceptible desde el exterior del edificio. "Y no consta", se indica en la sentencia, "que hicieran lo que en su mano estaba para conjurar ese riego". La inculpación de los propietarios es lo que ha permitido a la Audiencia extender también la responsabilidad, para el pago de los 10 millones, a las aseguradoras del inmueble.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_