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LA SITUACIÓN EN EL PAÍS VASCO

La dificultad de probar la apología

El delito de apología del terrorismo es uno de los más difíciles de articular, hasta el punto de que, en la última década, el Tribunal Supremo ha emitido una única sentencia condenatoria, contra tres jóvenes radicales por hacer una pintada con el texto "ETA, jotake" (ETA, adelante).El delito fue reformado en el Código de 1995, pero las cosas tampoco estaban mejor antes. Si lo que ahora se pretende es volver a reformar el tipo penal para perseguir actos de homenaje a etarras muertos, convendría repasar lo que sentenció el Supremo en 1993, a propósito del homenaje al supuesto etarra José María Arantzacistroque.

Éste murió el 21 de agosto de 1990 "mientras manipulaba un artefacto explosivo". El alcalde y cuatro concejales de Usúrbil, todos de HB, convocaron un pleno extraordinario al que sólo asistieron ellos y en el que, por unanimidad, acordaron "expresar la condolencia del Ayuntamiento a su familia", "colocar la ikurriña (...) con crespón negro y pedir lo mismo al pueblo", "nombrar a Joxe Mari hijo querido de Usúrbil", "instalar la capilla ardiente en el Salón Principal del Ayuntamiento" y "hacerse cargo de los gastos que originen los funerales, homenajes y traslados". También declararon que muertes como esas "ocurrían por la intransigencia del PSOE",entonces en el Gobierno, convocaron una jornada de huelga y acordaban "solidarizarse con la lucha que le ha llevado a la muerte a Joxe Mari".

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Todos fueron absueltos del delito de apología del terrorismo por la Audiencia de San Sebastián y después por el Supremo. La Audiencia no consideró probado que Joxe Mari fuera militante de ETA, porque faltaba "un reconocimiento de la organización terrorista a través de los comunicados que emite" o "un pronunciamiento judicial antes del acto municipal laudatorio". Sin etarra "acreditado" no había apología. El Supremo dijo que no podía modificar los hechos probados de la otra sentencia.

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