Sentencia
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una sentencia memorable. Se refiere a una mujer de Lleida que reclamaba al que fue su esposo durante casi cuarenta años una participación de los bienes y beneficios obtenidos durante dicho periodo. Se reconoce en el texto que la mujer, al ocuparse del hogar y del hijo de ambos, además de ayudar a su esposo en su profesión, permitió al marido acumular unos bienes fruto del esfuerzo de uno y otro. Es lógico que de esos bienes, con su ayuda y cooperación obtenidos, la mujer reciba una parte proporcional. En ningún momento el magistrado apunta que se le deben "pagar los servicios prestados", ni que se trate de unos sueldos atrasados compensatorios. Lo que pretende corregir la sentencia es la desigualdad de situación creada para la esposa si todo el patrimonio quedara en poder del marido.- Isabel Esteban. Barcelona.
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