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Un tribunal prohíbe a un hombre acercarse a la casa de su ex compañera

La Audiencia de Madrid ha prohibido a A. L. H. S., de 63 años, acercarse durante seis meses a menos de 250 metros del domicilio de su ex compañera sentimental, C. R. F., con la que convivió durante 20 años, por haber cometido una falta de amenazas, hecho por el que, además, le impone una multa de 16.000 pesetas.La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, sin embargo, ha absuelto a A. L. H. S. del delito de agresión sexual del que también estaba acusado por unos hechos supuestamente cometidos en febrero de 1998.

Según los hechos probados, A. L. H. S. había convivido con C. R. F. hasta que, a principios de diciembre de 1997, su compañera decidió abandonar el domicilio que ambos compartían en el número 4 de la calle de Sánchez Barcáiztegui de Madrid, aunque ella solía ir a la casa dos o tres días a la semana para "ayudar a su ex compañero sentimental en las labores domésticas".

Sobre las once de la mañana del 12 de febrero de 1998, C. R. F. acudió al domicilio de A. L. H. S. y éste solicitó a su ex compañera que le acompañara a la cama de su dormitorio, "a lo que ella accedió voluntariamente con el fin de mantener una relación sexual". Una vez que mantuvieron la relación, continúa la sentencia, A. L. H. S. "reiteró a C. R. F. su deseo de que volviese a vivir con él", pero su ex compañera se negó y el acusado salió del dormitorio para coger un cuchillo. A. L. H. S. volvió a la habitación, con el cuchillo en la mano, mientras le decía a C. R. F.: "Te voy a matar porque nunca vas a volver conmigo". Esto motivó que su ex compañera cogiera la hoja del cuchillo que portaba el acusado y se hiciera dos heridas en la mano izquierda, ante lo que el procesado le dijo que "cogería otro cuchillo con el fin de que la propia C. R. F. pudiera matarle a él".

Cena con unos amigos

Después del incidente, C. R. F. consiguió tranquilizar a A. L. H. S., con quien permaneció en el domicilio hasta las siete de la tarde, para quedar a las nueve de la noche citados ambos en la plaza de España, ir al casino y cenar con unos amigos comunes, según la sentencia.

El 21 de marzo de 1998, C. R. F. pudo ver a su ex compañero en las proximidades de su nuevo domicilio en el momento en que ella se estaba mudando. La sentencia señala que agentes de policía acudieron a la zona de la nueva casa de C. R. F., después de que ésta les avisara, y encontraron a A. L. H. S. "con una navaja metida en el calcetín, sin que haya constancia de que el procesado pretendiera efectuar amenaza alguna" sobre su ex compañera.

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La Sala ha entendido que C. R. F. prestó una "contradictoria declaración" de los hechos, ya que primero dijo que fue "obligada a mantener una relación sexual" con el acusado, y luego señaló que ambos "se desnudaron voluntariamente y que ella no le dijo que no quería mantener relaciones sexuales". El tribunal señala que "las contradictorias declaraciones" prestadas por C. R. F. le merecen "escasa credibilidad".

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