El Constitucional tramita la petición de amparo y de suspensión de pena de Liaño
Los tres magistrados de la Sección Primera del Tribunal Constitucional encargados de examinar el recurso de amparo del exjuez Javier Gómez de Liaño contra la condena de 15 años de inhabilitación especial que le impuso el Tribunal Supremo, como autor de un delito continuado de prevaricación en el caso Sogecable, acordaron ayer admitir a trámite la demanda, pese a la oposición del fiscal. Igualmente, en relación con la solicitud de Liaño de que se suspenda la condena -que ya empezó a ejecutarse-, el Constitucional da tres días de plazo común al solicitante de amparo y al fiscal para que aleguen "lo que estimen pertinente en relación con la petición de suspensión interesada".La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional prevé que, antes de resolver sobre la suspensión del acto recurrido, se reciba "informe de las autoridades responsables de la ejecución, si la Sala lo creyera necesario". La sección, que forma parte de la Sala Primera del Tribunal Constitucional a la que corresponderá resolver el recurso de amparo, no ha debido estimar necesario para decidir sobre la petición de suspensión dicho informe, ya que no lo ha pedido al Tribunal Supremo.
En cambio, en relación con la futura resolución del recurso de amparo, el Tribunal Constitucional ha usado la previsión legal de que comparezcan quienes fueron parte en el proceso que condujo a la condena de Gómez de Liaño. Los tres magistrados de la sección -Pedro Cruz Villalón, presidente del Tribunal, Pablo García Manzano y Fernando Garrido Falla, ponente- han dado 10 días de plazo al Supremo para que le remita copia de la causa y emplace a quienes fueron parte en el proceso, iniciado por querella de cuatro directivos de Sogecable, encabezados por Jesús de Polanco y Juan Luis Cebrián.
Alegaciones de las partes
Para que las partes en aquel proceso puedan alegar sobre la petición de amparo de Gómez de Liaño, el Constitucional, además de permitirles comparecer en este proceso, ordena que se les remita "copia de la demanda presentada" por el ex juez condenado. En esa demanda, Gómez de Liaño, entre otros argumentos, plantea que el Tribunal Supremo le vulneró su derecho a la presunción de inocencia y que no tuvo un juicio justo.
El Ministerio Fiscal se pronunció en contra de la admisión a trámite del recurso de Gómez de Liaño por entender que la sentencia que le condenó se fundó en "una prueba de cargo válida, suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia".
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