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LOS ENTIERROS DE LOS INMIGRANTES

Conflicto de competencias

Agustín Ruiz Robledo

Una de las parcelas más complicadas con los que se topa un jurista cada vez que se adentra en el espeso bosque del Estado autonómico la constituyen los conflictos de competencias porque la vida social no se puede dividir en porciones y repartir entre los poderes públicos con la misma facilidad con la que se reparte un pastel de cumpleaños. Lo habitual en los enfrentamientos entre dos entes públicos (pongamos el Estado y la Junta de Andalucía) consiste en que ambos quieran hacer lo mismo; por ejemplo, que ambos quieran gestionar Doñana, o Sierra Nevada, o que ambos quieran administrar los depósitos judiciales, etcétera. Pero además de estos conflictos positivos, también se pueden producir conflictos negativos, cuando ninguno de los dos poderes públicos acepta realizar una determinada actividad. Como el poder tiende siempre a expandirse, este tipo de conflicto es mucho más escaso que el positivo, tanto es así que mientras los conflictos negativos ante el Tribunal Constitucional están prácticamente inéditos, las sentencias sobre los positivos alcanzarán pronto el medio millar.Por este carácter poco habitual de los conflictos negativos de competencias, estoy siguiendo con atención el que ha surgido entre el Estado y la Junta sobre el lúgubre caso del pago de los entierros de los inmigrantes que se ahogan al cruzar el Estrecho. El primero en declinar su competencia ha sido el Subdelegado del Gobierno en Cádiz, que ha señalado que le corresponde pagar a la Junta porque "tiene transferidas las competencias de Asuntos sociales" y porque "todo lo que el Estado no se atribuye expresamente queda atribuido a la Comunidad Autónoma". Si esas son todas las razones que tiene el Estado para defender su posición, no le arriendo las ganancias porque, aunque dejemos al margen la imprecisión de decir que la Junta tiene transferidas las competencias (en realidad lo que se transfiere son los servicios, los medios materiales y personales, diferencia que ha sido esencial en varios conflictos en los que el Estado argumentaba que una Comunidad no podía ejercer una competencia porque no estaba transferida), lo cierto es que la Constitución dice justo lo contrario a lo que afirma el Subdelagado: "La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos corresponderán al Estado" (art. 149.3).

La réplica de la Junta ha sido inmediata y por partida doble: tanto la Delegada de la Consejería de Asuntos Sociales en Cádiz como el Subdelegado de la Junta en el Campo de Gibraltar han declinado su competencia, remitiéndose a la legislación vigente. El subdelegado andaluz, además, se ha declarado partidario del diálogo entre las Administraciones, aunque no se acaba de entender muy bien cómo se puede decir eso y afirmar al mismo tiempo que el Subdelegado del Gobierno "escurre el bulto una vez más" y que ha planteado un debate "miserable".

No sé si ambas partes, enfrascadas en este debate teórico de altura, se han parado a pensar que toda la polémica viene producida por una Administración que sí se declara competente: el Ayuntamiento de Algeciras. Lo único que ha dicho el concejal responsable, al que supongo perplejo por la polémica, es que el Ayuntamiento debe tres millones de pesetas a las funerarias y que va a realizar gestiones ante las Administración estatal y autonómica para que asuman este gasto. Es decir, el problema no es determinar si el bloque competencial atribuye al Estado o a la Junta la responsabilidad de efectuar y pagar los enterramientos de los fallecidos sin identificar, porque los artículos 25.2j de la Ley de Bases de Régimen Local, 42.3e de la Ley General de Sanidad y 9 del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria no dejan ninguna duda: a ninguno de los dos, se trata de una competencia municipal. El problema es otro: consiste en que el Ayuntamiento de Algeciras no tiene dinero para cumplir con su obligación legal.

Así las cosas, me parece que la polémica no tardará mucho en reconvertirse, bien por la vía de exigir al Ayuntamiento de Algeciras que presupueste mejor sus gastos (lo que dado la índole de este supuesto no me parece demasiado probable), bien por la vía de transformar un conflicto negativo en otro positivo, de tal forma que la Junta y el Estado pretendan tener la exclusiva de socorrer a un Ayuntamiento que necesita fondos para una labor humanitaria imprescindible como ésta, sea por un sentido auténtico de solidaridad con los desgraciados emigrantes fallecidos, sea simplemente por el beneficio en imagen que se podría obtener. Claro que la opción más probable, ahora que Aznar y Chaves han enterrado el hacha de los enfrentamientos, quizás sea que ambas partes apliquen el principio de cooperación, que según el Tribunal Constitucional debe regir las relaciones entre las Administraciones, y pacten alguna fórmula para sufragar conjuntamente estos gastos extraordinarios. Desde luego, ninguna de las partidas multimillonarias que tanto la Junta como el Estado dedican a su colaboración con los entes locales se resentirían mucho por restarle tres millones de pesetas.

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