El Supremo apoya que las farmacias amplíen libremente sus horarios
El Tribunal Supremo considera que las farmacias que alargan su horario comercial (e incluso abren las 24 horas) no cometen competencia desleal con el resto de establecimientos. El alto tribunal desestima así una demanda formulada por el Colegio de Farmacéuticos de Madrid contra una de estas oficinas de farmacia. El Supremo explica que la competencia de los colegios de farmacéuticos para reglamentar la apertura de las oficinas no tiene como finalidad regular la libre concurrencia del mercado ni establecer limitaciones de naturaleza mercantil. Por el contrario, la finalidad de estas atribuciones -añade el Tribunal Supremo- es la de garantizar el servicio público de asistencia, lo que no impide "una ampliación del tiempo de apertura, cumplidos los horarios mínimos y la observancia de los turnos de guardia". El tribunal añade que el establecimiento que fue demandado por alargar el horario no ha infringido la orden ministerial que regula los colegios oficiales de farmacéuticos, dado que éstos "ordenan con carácter general y/o especial los horarios de servicio público de las farmacias, los turnos de guardia y servicios de emergencia y vacaciones".
Recuerda la sentencia que la "potestad de sujeción especial entre el colegio profesional y sus colegiados busca principalmente conciliar los intereses profesionales de éstos y no la regulación de la actividad concurrencial en el mercado, que sólo puede hacerse desde fuera de esa relación de colegiación por una autoridad con potestad mercantil".
La farmacéutica madrileña Rosa María Lastra, cuyo establecimiento fue el primero en ampliar su horario, se congratuló ayer de la decisión judicial.
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