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La Audiencia absuelve a una madre de abusar sexualmente de su hijo

La Audiencia de Barcelona ha absuelto a Mercedes Carballo Rodríguez, de 58 años, de un presunto delito de abusos sexuales cometido contra su hijo cuando éste tenía entre 7 y 12 años. La razón de ello es que el tribunal no tiene plena convicción de que se produjera acceso carnal, mientras que el artículo del Código Penal en que basaba su acusación la fiscalía exige que exista ese convencimiento. La acusación pública solicitó 10 años de prisión, lo máximo permitido por la ley. Sin embargo, la sección novena razona en la sentencia que, tras escuchar el testimonio de la víctima, no se puede afirmar categóricamente que la madre se hiciera "penetrar vaginalmente por él en alguna ocasión". La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Gerard Thomás, explica que el tribunal no tiene ninguna duda de que la mujer "efectivamente sometió a su hijo a prácticas de significado sexual para satisfacer sus propios deseos", pero precisa que, descartado el acceso carnal, se trata de un delito de abusos sexuales no consentidos que prescribe a los tres años de haberse cometido, un plazo superado desde que dejaron de producirse los abusos hasta que se denunciaron.

Pese a que eso es suficiente para acordar la absolución, la sentencia explica también, al haber sido el primer caso de España que llega a juicio, que una mujer puede ser el sujeto activo de una violación e imponerla con fármacos.

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