La Audiencia absuelve a Tatay por "irregularidades" en la investigación
La Audiencia de Valencia ha absuelto a Enrique Tatay y otros tres procesados por traficar con cocaína por el "cúmulo de irregularidades" en las que incurrió el Cuerpo Nacional de Policía en una investigación que ha producido "pavor y tristeza" en los magistrados. La sentencia, hecha pública ayer, considera que los hechos por los que han sido juzgados los cuatro procesados son constitutivos de un delito contra la salud pública, pero que la participación de éstos en los mismos no ha quedado "debidamente probada (...) dada la serie de irregularidades de toda índole acaecidas". La sección quinta de la Audiencia de Valencia considera incontrovertido que "persona o personas cuya identidad se ignora" enviaron desde Venezuela hasta una empresa de Ayora (El Valle de Cofrentes) dos paquetes de pequeño volumen. Esos paquetes, en principio, iban dirigidos al ex presidente del Grupo de Empresas Álvarez, Enrique Tatay, llegaron a la firma de un socio de éste -también procesado- y en su recogida y entrega iban a participar los otros dos acusados.
Ahora bien, la cocaína que fue finalmente descubierta en los paquetes -cerca de dos kilos, de gran pureza y valoradas en unos 11 millones de pesetas- pudo haber sido puesta en ellos en cualquier momento. Así lo establece el redactor del fallo, José Enrique de Motta, que viene a respaldar los argumentos de la defensa en su narración, pormenorizada, del vaivén que sufrieron ambos envíos desde que salieron del país sudamericano.
El magistrado detalla con evidentes muestras de perpejlidad cómo "personas cuya identidad se ignora" decomisaron uno de los paquetes que teóricamente contenía droga antes de su llegada a una empresa de mensajería. Más tarde, otros "policías", "cuya identidad" también "se ignora", requisaron el paquete ya en la susodicha firma y, posteriormente, y por citar sólo otro de los ejemplos de una desafortunada actuación policial, los paquetes estuvieron en una caja fuerte de Valencia ajenos a cualquier control judicial.
Investigación justificada
En ese periodo -enero de 1997- Tatay, ex dirigente de la Asociación Valenciana de Jóvenes Empresarios, controlaba un conglomerado de siete sociedades que daban empleo a más de mil personas. No obstante, el tribunal no toma en cuenta en ningún momento la "conspiracion" denunciada aunque apenas perfilada por su abogado defensor, que aludió a que varios empresarios urdieron una trama para quitarle a Tatay su pequeño imperio.
La existencia o no de esa trama es irrelevante ante las deficiencias de la investigación. "Causa pavor y tristeza la concurrencia de tal cúmulo de irregularidades que podrían, de no ser advertidas, determinar una sentencia condenatoria", señala de Motta. Ahora bien, el fallo absolutorio "no es obstáculo para que el tribunal entienda que la causa no solamente estuvo iniciada con sobrado fundamento, y las medidas adoptadas respecto de los imputados, con adecuada proporción a las exigencias del caso". Varios de los procesados estuvieron varios meses en prisión.
En cualquier caso, opina el tribunal, el fallo no puede ser sino absolutorio: la investigación vulneró un artículo de la Ley Órganica del Poder Judicial, tres de la Constitución u otros tres del Código Penal. A lo largo de todos los fundamentos de su sentencia, los magistrados insisten: "Es evidente que a la absolución se llega por los defectos de forma que impiden atribuir valor probatorio a unas evidencias objetivas que, sin dicho defecto, constituirían prueba de cargo plena para sustentar el pronunciamiento de condena". La Fiscalía solicitó al inicio del juicio 10 años de prisión por un delito contra la salud pública y otro de contrabando para los cuatro acusados.
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