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La juez deja en libertad a dos menores encarcelados por los destrozos de Sants

La magistrada Remei Bona ordenó ayer la libertad sin fianza de los dos menores de edad que permanecían en prisión desde hace una semana, acusados de diversos delitos, por los destrozos ocurridos en el barrio de Sants de Barcelona tras la manifestación del 12 de octubre de la Plataforma Antifascista. La juez razona esta decisión aduciendo que "se ha mitigado la alarma social" que los hechos provocaron y por la que fueron encarcelados.

David H. B., y Guillem Cabrera C. P., ambos de 16 años, abandonaron la cárcel de jóvenes de la Trinitat, en Barcelona, a primera hora de la tarde de ayer. Concluía así una semana de prisión preventiva que se inició la noche del 14 de octubre, cuando la magistrada ordenó esta medida contra ellos y contra otros 12 jóvenes a los que había tomado declaración durante todo el día. Otros seis quedaron en libertad con cargos.La fiscalía les acusó a todos ellos de asociación ilícita, desórdenes públicos, atentado, daños y lesiones, y la juez ordenó el encarcelamiento de 14 jóvenes. Después de la orden de libertad para los menores acordada ayer, la juez resolverá hoy sobre los recursos de las defensas contra el encarcelamiento de los otros 12 jóvenes. Fuentes judiciales coincidieron en que es muy probable que la magistrada también ordene hoy su libertad.

Hace una semana la juez justificó la prisión de los 14 jóvenes con la alarma social que provocaron entre la sociedad los graves destrozos ocasionados en el mobiliarios urbano y las entidades bancarias durante los enfrentamientos con la policía que siguieron a la manifestación, convocada bajo el lema Lluitem per la llibertat, destruïm el feixisme.

Una semana después, la misma magistrada razona en los dos autos de libertad dictados ayer que "por razones diversas parece haberse aplacado el rechazo social por la violencia gratuita desplegada por los participantes" en los hechos que investiga. En consecuencia, añade, "debe concluirse que se ha mitigado la alarma social que los mismos generaron y que fue uno de los motivos legales por los cuales se adoptó la medida de prisión provisional".

La juez añade que ese hecho, unido a que se trata de dos menores de edad civil, que no penal, le lleva a ordenar su libertad, teniendo en cuenta además las circunstancias alegadas por las defensas en sus escritos contra la orden de prisión: que tienen domicilio conocido y arraigo familiar, y que no huirán. Los dos menores deberán presentarse en el juzgado tantas veces como sean citados. Sus abogados y familiares censuraron ayer "que se haya hecho pasar a los jóvenes por este trago" durante una semana.

Atestados policiales

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Pese a la orden de libertad provisional de los dos menores, la juez reproduce en sus resoluciones los atestados que la policía realizó. A ambos se les acusa de haber roto la marquesina de un autobús y las lunas de un establecimiento, y de arrojar "material contundente de diverso tipo" contra las unidades antidisturbios de la policía. David H. B. fue conducido a un hospital después de ser detenido porque, según afirma la policía, se lesionó contra un poste telefónico durante la detención, al igual que un agente. Al detenido se le intervino un pasamontañas y un pañuelo con el que se protegió el rostro. Al otro menor se le intervino una mochila.

La juez razona que existen indicios que apoyan la versión policial y que se produjeron los daños que se relatan. Según los autos dictados, el Código Penal no pena la asociación, sino el empleo de medios violentos, como ocurrió el 12 de octubre. La magistrada Remei Bona, titular del Juzgado de Instrucción número 28 de Barcelona, razona que los indicios en los que se apoya la supuesta actuación delictiva de los jóvenes son la convocatoria de la manifestación "con un lema destructivo" y la presencia en ella de "personas con residencia foránea, incluso de fuera de la comunidad catalana, por lo que cabe presumir un previo concierto". Los abogados de varios encarcelados han explicado que el domicilio de algunos de los jóvenes que consta en su DNI no es el actual. Del mismo modo, recuerdan que la policía reconoce en su atestado que la manifestación fue convocada mediante carteles distribuidos en diversos barrios de Barcelona y de otras ciudades del área metropolitana, por lo que no puede hablarse de plan previo.

La juez sigue explicando que otro de los indicios delictivos es que los encarcelados utilizaron prendas "de abrigo como pasamontañas o bragas militares, en un día de tiempo suave, con la finalidad presumible de evitar su identificación". Finalmente también menciona "la estrategia y forma en que se desarrollaron los desórdenes públicos y la selección y magnitud de los daños ocasionados".

La juez puntualiza finalmente que "son innegables los desórdenes públicos habidos, los daños y lesiones causadas", al margen de " las disquisiciones sobre la inicial calificación de asociación ilícita". En este sentido, la juez atribuye a un error material mecanográfico la defectuosa aplicación del delito de asociación ilícita que imputa a los encarcelados en su auto de prisión y que ayer corrigió.

En medio de la polémica generada entre los juristas de diversos ámbitos por considerar desproporcionada la aplicación de la prisión preventiva contra los jóvenes, la consejera de Justicia en funciones, Núria de Gispert, pidió ayer públicamente que "no se incida más en el tema".

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