La Audiencia de Alicante falla a favor del cobro de comisiones por parte de las cajas de ahorros
Las cajas de ahorros pueden cobrar a los clientes comisiones por la administración y mantenimiento de sus cuentas de ahorro, según una sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, que da la razón a la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) tras la demanda presentada en 1997 por la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) contra esta medida. Ausbanc anunció ayer que presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, ya que la única sentencia firme es contraria al cobro de comisiones por la gestión de las cartillas de ahorro.
Ausbanc, una entidad privada creada en 1986, inició el litigio con la CAM cuando hace tres años abrió una cuenta de ahorro en una de sus oficinas por la que la entidad crediticia le cobró una comisión -la cantidad ronda las 1.200 pesetas, aunque ésta oscila dependiendo de la caja-. La asociación de usuarios presentó una demanda solicitando la nulidad de este pago. El juzgado de Primera Instancia número 7 de Alicante dictó el 4 de diciembre de 1997 una sentencia dando la razón a Ausbanc, cuyo gabinete jurídico insiste en que una norma de 1933 sobre cajas establece que la apertura y gestión de las libretas de ahorro es gratuita por la naturaleza benéfico-social de las mismas. La Caja del Mediterráneo apeló la sentencia ante la Audiencia Provincial de Alicante, que ahora falla a favor de la caja alicantina y condena a Ausbanc al pago de las costas procesales generadas en primera instancia. Según la CAM, la Audiencia se apoya en la derogación del artículo 29 del Estatuto de Ahorro de 1933 mediante el decreto de 1977, en el que se declara que las cajas de ahorros pueden realizar las mismas operaciones que las autorizadas por la banca privada. También cita varios preceptos de una ley autonómica de 1992 para fallar a favor del cobro de comisiones. El tribunal declara que la cláusula plasmada en el contrato de apertura de la cuenta objeto de litigio, donde se advertía que conllevaba un cierto gasto, "fue expresamente asumida por Ausbanc de forma consciente y premeditada por lo que no puede decirse que es, en sí misma, abusiva ni atentatoria a la buena fe", recoge la CAM citando el texto de la sentencia. El caso de la CAM no es el único en España. Según Pedro Pérez, letrado de Ausbanc, existe una sentencia firme, relacionada con Sa Nostra, "y nos favorece". El resto de procesos están todavía pendientes en diferentes juzgados españoles. Pérez aseguró que la asociación ha presentado demandas contra Caixa Galicia, Bancaixa y Caja Pontevedra, entre otras. El primer pleito que se resolverá en el Tribunal Supremo lo instó La Caixa al presentar un recurso de casación en torno al cobro de comisiones. Ausbanc hará lo propio contra el fallo de la Audiencia de Alicante, según declaró el abogado. "Muchas cajas de ahorros españolas están infringiendo la ley al cobrar estas cantidades a sus clientes·, dijo Pérez, quien tampoco quiso generalizar. "Son algunas, no todas las entidades, las que aplican esta política", continuó el portavoz de Ausbanc. La CAM calificó ayer la resolución judicial como "un hito de especial trascendencia para ésta y otras cajas de ahorros, que han visto cómo se ha presentado de forma sesgada ante la opinión pública una situación ahora zanjada".
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