Un juez interpreta que en todos los partidos debe haber un médico
Un juzgado ha condenado al Granollers y a las Federaciones Española y Catalana de Fútbol a indemnizar con 300.000 pesetas en concepto de daños morales a un guardameta que estuvo a punto de morir por asfixia en un partido disputado en un campo que carecía de dependencias sanitarias y médico titulado. La sentencia, dictada por el juzgado de Primera Instancia 3 de Granollers (Barcelona), concluye que no basta con que haya un masajista o un simple entendido en la materia, sino que debe ser un médico debidamente titulado, ha explicado el abogado del jugador, Pere Ribas.El letrado, que fue presidente del Girona durante cinco años, ha dicho que la sentencia "sienta un precedente" ya que, tras la interpretación del juez, "las instalaciones deportivas deberán contar con una dependencia destinada a clínica de urgencias asistida por un facultativo", independientemente de la categoría a la que pertenezcan los clubes que las utilizan.
El suceso ocurrió durante un partido de la Tercera División que, el 26 de octubre de 1996, enfrentó al Esport Club Granollers y al Balaguer. Durante el encuentro, Óscar Rodón, portero del Granollers, chocó fortuitamente con un delantero rival y a punto estuvo de tragarse la lengua. El joven guardameta se quedó sin respiración durante unos instantes hasta que pudo ser auxiliado por un médico que transitaba por la calle.
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