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La Audiencia de Girona estima frecuentes los malos tratos policiales

Un tribunal de la Audiencia de Girona, presidido por el magistrado Fernando Lacaba, lamenta en una sentencia el hecho de comprobar con demasiada frecuencia como "ligeros empujones de los agentes para repeler supuestos ataques de que son objeto logran causar numerosas lesiones en los presuntos agresores". Esta consideración aparece en una sentencia de apelación en la que se revoca una condena en primera instancia contra un empresario por un delito contra la seguridad del tráfico, al conducir bajo la influencia del alcohol, y por otro delito de desobediencia grave a agentes de la autoridad. La audiencia concede la razón a la defensa del acusado e insta a los juzgados de Olot (Garrotxa) a esclarecer la posible existencia de "conductas delictivas en la retención forzada" del condenado. El incidente se produjo en Olot en junio de 1997, cuando el conductor aminoró la velocidad de su vehículo y pasó dos veces por una rotonda donde había ocurrido un accidente. Cuando un agente intentó retenerle, éste abandonó el lugar, presentándose más tarde en la comisaría de policía. Tras una discusión con un agente con el que, por razones personales, mantenía una manifiesta enemistad, el conductor acabó detenido en los calabozos de la comisaría de la policía local de Olot. El hombre tuvo que ser atendido en el hospital debido a una serie de contusiones. El abogado defensor del conductor, Joaquim Bech de Careda, ya ha anunciado que ejercerá las pertinentes acciones penales y civiles contra la policía municipal de Olot. La Audiencia considera que el conductor no cometió delito alguno al alejarse de los policías porque "no existió la orden reiterada del agente". El atestado policial de este hecho es, según la sentencia, sumamente equívoco y confuso. Durante las 12 horas que el acusado estuvo detenido en la comisaría de Olot no se llamó a ningún letrado para que le asistiera y no se practicó ninguna diligencia, excepto la conducción del acusado al hospital para ser examinado de las heridas que presentaba, que, según la sentencia, le fueron causadas "en un oscuro incidente". "Por ello hemos de entender que se ha producido una retención forzada del individuo sin motivos aparentes", reza la sentencia.

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