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Un juez absuelve al acusado de echar a la suegra de casa a diario

Un juzgado de Barcelona ha absuelto a Jaime Villabriga, de 58 años de edad y vecino de Sant Boi de Llobregat, de un delito contra la integridad moral supuestamente cometido por echar de casa a diario a su suegra, Josefa Belda Sánchez, de 83 años. El magistrado considera que no existen pruebas directas ni indirectas para dictar una sentencia condenatoria y considera que no tienen valor las declaraciones inculpatorias de dos policías municipales que hablaron con el acusado al conocer los hechos.

La sentencia dictada por el juez Esteban Farré Díaz, titular del juzgado de lo penal número 14 de Barcelona, también recuerda que, frente a la versión acusatoria de los policías municipales, los familiares del acusado y hasta la propia anciana "negaron contundentemente (...) la conducta que se imputa a Jaime Villabriga, atentatoria si se quiere de la capacidad de decidir de su suegra, privándola de la dignidad que implica la pérdida de sus condiciones de ser libre". El juez admite que esas declaraciones de los familiares "pudieran tacharse de interesadas y que la víctima declarara invadida de un temor originado por su situación de dependencia". Pese a ello, precisa que la conducta delictiva de la que se acusa al yerno "no ha quedado demostrada ni por pruebas directas ni indirectas". En esta tesitura el juez reconoce que no existen razones "para dotar de mayor relevancia" a ninguna de las dos versiones y, en consecuencia, "se opta por la conclusión constitucionalmente necesaria de la absolución". El caso se inició cuando dos policías municipales descubrieron a la anciana en bata y camisón deambulando a primera hora de la mañana por los alrededores del domicilio familiar de Sant Boi, hace casi dos años. Los agentes hablaron con los vecinos y éstos les explicaron que el yerno la echaba de casa a diario cuando se iba la hija a trabajar. La misma anciana les explicó también a los policías que no podía regresar a casa hasta al cabo de unas horas. Ante esa situación, los agentes relataron al juez que fueron a hablar con el acusado, quien les recibió con malos modales y les advirtió que "hacía lo que le daba la gana y no tenía por qué cargar con el mochuelo", en referencia a la anciana, que tenía otros seis hijos. En el domicilio familiar vivían, además del yerno y la suegra, una hija de la anciana y dos nietos. La sentencia precisa que la declaración de los dos policías es la única prueba incriminatoria que apareció en el juicio, pero no resulta "en absoluto ni esclarecedora ni contundente". El juez entiende que los agentes son "testigos de referencia" y recuerda que no identificaron "a un supuesto vecino que quiso permanecer en el anonimato" y que les explicó los hechos. El juez relata que declaraciones "de oídas" como la de los policías sólo pueden ser válidas en la lucha contra el crimen organizado. Testigos de referencia La resolución judicial añade que, pese a su condición de policías, el testimonio de los agentes "en parte está degradado por tratarse de un testimonio de referencia". La fiscal reclamó durante el juicio seis meses de prisión para el acusado, después de rebajar su petición inicial de un año de cárcel. En su informe final la fiscal relató: "Nos hubiera gustado que viniesen aquí a declarar los vecinos, pero no ha podido ser". Con todo, declaró probado que el yerno trataba a la anciana "como un mueble" y que la sometió a "situaciones innecesarias de riesgo". Durante su declaración, la anciana dijo al juez sin darle más importancia y refiriéndose a su yerno: "A veces me decía que saliese de casa".

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