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La defensa del juez Liaño pretende forzar la retirada del tribunal

Jorge Trías, diputado del PP y abogado defensor del juez Javier Gómez de Liaño, procesado por presunta prevaricación en la instrucción del caso Sogecable, ha exigido la abstención de los tres magistrados del Tribunal Supremo que deben juzgar a su cliente en busca de un tribunal que pudiera resultarle más favorable. Con citas entresacadas de una sentencia de Estrasburgo, busca provocar que la retirada de un magistrado arrastre a los otros dos y que un nuevo tribunal exonere a Liaño de sentarse en el banquillo.

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Trías esgrime la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del pasado 28 de octubre en el caso Castillo-Alcar contra España, que apreció falta de imparcialidad en un tribunal militar español que resolvió un recurso de apelación contra un auto de procesamiento y después juzgó los hechos y condenó al procesado.Aunque la doctrina de esta sentencia se presta a muchos matices, bastaría con que uno de los tres magistrados decidiese abstenerse para forzar la retirada de los otros dos y que Liaño tuviese que ser juzgado por un tribunal distinto, si llegase a juicio. Fuentes del Supremo indicaron que, de admitirse de plano los razonamientos de Trías, podrían verse afectados juicios como los de Filesa y Marey.

En su escrito, el abogado atribuye a los magistrados Gregorio García Ancos y Enrique Bacigalupo -que confirmaron el procesamiento de Liaño- "tener formado un juicio de culpabilidad" contra el procesado. Por el contrario, no cuestiona la imparcialidad del tercer integrante del tribunal, José Manuel Martínez-Pereda, que se opuso al procesamiento.

Según fuentes próximas a la causa, lo que en realidad pretende el abogado de Liaño al pedir la abstención de los tres jueces es que una eventual abstención de Martínez-Pereda arrastrase a la retirada a los otros dos.

La abstención de un magistrado tiene que ser aprobada por la Sala de Gobierno del Supremo, pero dicha instancia difícilmente obligaría a formar parte de un tribunal a un juez que adujese sentirse contaminado. Y si la Sala de Gobierno accede a que un magistrado se abstenga por contaminación, éste arrastraría virtualmente a los otros dos, que se verían obligados a abstenerse.

Pero aunque el defensor de Liaño no lo menciona, la sentencia del TEDH también explica que las dudas sobre la imparcialidad de los jueces varían "según las circunstancias" de cada causa. Y añade: "El simple hecho de que un juez haya tomado decisiones antes del proceso no puede, por tanto, en sí mismo, justificar las aprehensiones en cuanto a su imparcialidad".

Para el alto tribunal europeo, el elemento determinante "consiste en saber si las aprehensiones del interesado pueden considerarse objetivamente justificadas". La sentencia del TEDH se refiere además a un juez que había participado en una resolución de "no ha lugar" y tomó parte posteriormente en la condena del recurrente. Según las fuentes consultadas, ése no sería el caso de Martínez-Pereda, cuya resolución fue la opuesta, es decir, la de "haber lugar" a revocar el procesamiento de Liaño.

Trías reclama que la sustitución del tribunal se haga antes del juicio, para que sea ya "el nuevo tribunal" el que decida sobre el "sobreseimiento" que piensa plantear.

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