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Juicio a Varela, un precedente modélicoXAVIER RIUS-SANT

Nunca he considerado agradable observar como una persona entra en prisión. Pero aunque la cárcel difícilmente reinserta, consigue aplacar la alarma social generada por el delito cometido, ayudando a la víctima a poder olvidar. La cárcel también evita que el delincuente repita su conducta antisocial mientras permanece recluido, y disuade a las víctimas de tomarse la justicia por su mano mediante la ley del talión. Aunque este sentimiento se desvanece al ver como son encerrados personajes que desde un poder económico robaron con plena impunidad, cuando se recibe la noticia de que el viejo dictador chileno ha sido detenido en Londres y reclamado por genocida y terrorista por medio mundo. Poco antes de realizarse el juicio contra Pedro Varela, propietario y editor de la librería nazi Europa, de Barcelona, se alzaron voces desde posiciones claramente democráticas que cuestionaban la eficacia de una hipotética condena a Varela y argumentaban que la libertad de expresión está para todos, incluso para aquellos que piensan que el holocausto no existió y que en los campos de exterminio no se asesinó a millones de judíos, gitanos, comunistas, homosexuales o discapacitados. Se llegó a decir que la libertad de expresión ampara a todos, incluso a aquellos que levantan banderas fascistas y hacen proclamas para eliminar a negros y homosexuales, como amparó de alguna manera al nazi Sergi Soto, líder de los Boixos Nois fallecido hace un año, a quien el vacío del anterior Código Penal permitió que quedaran impunes las declaraciones que en tal sentido realizó en 1991 en Informe semanal. Afortunadamente el nuevo Código Penal tipificó claramente en su artículo 607 la difusión de doctrinas que nieguen el genocidio, lo justifiquen o pretendan rehabilitar los regímenes que lo practicaron. Afortunadamente, también, se tipificó en el artículo 510 la provocación a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos por motivos racistas, antisemitas, ideología, religión, etnia, raza, orientación sexual o minusvalía. La sentencia, que impone las penas máximas de dos y tres años respectivamente previstas en el nuevo código para ambos delitos, ha recogido las peticiones de la fiscal y de la acusación particular ejercida por SOS Racisme y la comunidad judía, y es la que es no sólo por la rotundidad de las pruebas encontradas por los Mossos d"Esquadra -21.584 libros, carteles, fotolitos y vídeos de exaltación nazi-, sino por la errónea estrategia seguida por la defensa de Varela. Así, pretendió suspender el juicio por la supuesta inconstitucionalidad de los artículos 510 y 607 del Código Penal por vulnerar el derecho fundamental a la libertad de expresión, y negó que el local de la calle de Sèneca fuera un centro de difusión nazi. Varela reconoció ser tan sólo el propietario de una librería especializada en la II Guerra Mundial en cuya trastienda se guardaban los archivos de la asociación nazi Cedade, ya disuelta, que él había presidido. Y cuando se le preguntó por textos que almacenaba y distribuía en los que se decía que no existieron las cámaras de gas y que los judíos son como ratas a las que exterminar, respondía que aquello había pertenecido a la disuelta Cedade o a humildes historiadores ya fallecidos que dejaron allí sus archivos y publicaciones. Varela y su abogado pretendieron negar que se hubiera continuado vendiendo tales obras tras la entrada en vigor del nuevo Código Penal, aunque cuando los Mossos se incautaron de ellas estaban colocadas en los estantes de venta al público, aunque la librería aparecía en catálogos de muchos países como centro de distribución de dichas obras. Y cuando se le preguntó por la edición del folleto El mito de Anna Frank, del que reconocía ser autor, disertó sobre la falsedad del diario de la joven fallecida. Se equivocó, también, cuando manifestaba desconocer el contenido de buena parte de los libros que vendía, y se equivocó aún más cuando replicó a la fiscal sobre cómo debía hacerle las preguntas para que fueran correctas. Y lógicamente los argumentos de inconstitucionalidad se desvanecieron, más cuando la Convención Europea de los Derechos del Hombre y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos prevén estas limitaciones de la libertad de expresión para sancionar la apología del odio racial y la incitación a la discriminación. No sé si Pedro Varela se convertirá en un mártir venerado por los nazis de medio mundo, y dudosamente rectificará sus opiniones sobre Anna Frank o la existencia de las cámaras de gas. Pero igual que ocurre en la mayoría de los países europeos, la difusión de la ideología que niega por antonomasia la totalidad de los derechos del prójimo se ha castigado por primera vez en España en un juicio que crea un importante precedente. Ahora que genocidas como Pinochet, al cumplirse 50 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, acaban convertidos en proscritos; ahora que Radovan Karadzic ha tenido que esconderse en Bielorrusia; ahora que el fascista croata Mate Boban, que devastó Mostar, tuvo que fallecer oficialmente de un derrame cerebral, aunque muchos en Sarajevo dicen que vive con otra identidad en Argentina, incitar o defender el genocidio es un delito que no queda impune. Varela declaró al terminar el juicio que cuando llegue el día de su muerte desea presentarse sin ruborizarse ante Dios. No es un ignorante, sino un licenciado en Historia con un brillante historial académico. Muchos de los grandes genocidas de este siglo, como el camboyano Pol Pot o como el psiquiatra Karadzic, son hombres de un gran potencial intelectual que mataron primero con sus ideas y sus palabras. Al menos ahora Varela, aunque piense que tiene la verdad, ya no podrá difundir desde ese local de Barcelona a los cinco continentes ciertos libros, carteles y vídeos en español, inglés o alemán en los que se llama al exterminio de seres humanos.

Xavier Rius-Sant es periodista especializado en temas de derechos humanos, seguridad y defensa.

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