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La ley de videovigilancia

El preámbulo a la Ley orgánica 4/1997, por la que se regula la utilización de videocámaras por las fuerzas de seguridad del Estado, tal y como se publicó en el Boletín Oficial del Estado el martes cinco de agosto de 1997, advierte: "Corresponde al Estado [...] la aprobación de la presente ley que, por otra parte incide en la regulación de las condiciones básicas del ejercicio de determinados derechos fundamentales, como el derecho a la propia imagen y el derecho de reunión...". Al menos tres localidades catalanas y alguna del País Vasco han instalado cámaras de video para vigilar las calles.El proyecto de la ley de la videovigilancia, debatido en 1996, fue bombardeado con críticas. El propio Consejo General del Poder Judicial acordó, en agosto de hace tres años, pedir al gobierno las máximas garantías para que la videovigilancia no vulnere los derechos de intimidad e imagen de las personas. En este sentido el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma donde se pretendan instalar las cámaras deberá dar su autorización expresa.

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