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El CSD estima que Badajoz, Ourense y Mallorca están relacionados con Asensio

El CSD remitió el lunes a la Liga la documentación de sus investigaciones. En ella figuran las escrituras de los clubes y de una serie de empresas por las que se deduce su relación a través del Grupo Zeta, y un organigrama, como se expone en el gráfico. Y expone en su escrito: "A la vista de la situación que se trasluce en los citados documentos, estimo existen elementos de convicción suficientes para que la Liga inicie las actuaciones que las disposiciones legales en vigor permiten en estos supuestos".

El Badajoz cuenta, como accionista mayoritario, a la empresa Bahía, Torneos y Conciertos, cuyo presidente es Joaquín de Domingo Martorrel. Este ex comisario de policía figura, a su vez, como apoderado de la sociedad Gestora de Medios Audiovisuales, que tiene en su presidencia a Antonio Asensio, cargo que también desempeña en el Grupo Zeta.

El Ourense está en más del 90% de sus acciones en manos de la empresa ISO (International Sport Organitation). No sólo el presidente de esta sociedad es Antonio Asensio, sino que incluso su sede social está pared con pared con la del Grupo Zeta, en la calle madrileña de O'Donnell.

En todas esas sociedades, salvo en Bahía, se repiten los nombres de Asensio, de Dalmau Codina, Javier López y Francisco Matosas. Este último es el vínculo que llega hasta el Mallorca, donde figura en su consejo de administración. Javier López, además, es presidente de Inver 14, la empresa que ostenta la mayoría del capital social del Málaga, club que escapa de esta investigación al no pertenecer a la Liga por jugar en Segunda B.

El CSD ha requerido a la Liga para que aplique la ley. El artículo 22.2 de la Ley del Deporte establece: "Ninguna persona física o jurídica... podrá poseer acciones en proporción superior al 1% del capital, de forma simultánea, en dos o más sociedades anónimas deportivas que participen en la misma competición".

El Consejo Superior de Deportes estima que el Mallorca, Badajoz y Ourense incumplen el punto 2 del artículo 22 de la Ley del Deporte y, en consecuencia, exige a la Liga de Fútbol Profesional que aplique la normativa en vigor. La Liga, por tanto, ha de obligar a que algunos de los tres clubes citados vendan sus acciones hasta reducir su participación al 1% como máximo y también, mientras tanto, a suspender sus derechos políticos.

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