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El Supremo absuelve a una mujer que traficó con droga para evitar un suicidio

El Tribunal Supremo ha absuelo de un delito de tráfico de drogas a una mujer que camufló una papelina de heroína en una toalla para hacérsela llegar en 1993 su hermano, adicto a las drogas desde joven y encamado en el hospital de Carabanchel.El Supremo le ha aplicado la eximente completa de "estado e necesidad"; es decir, que la acusada cometió el delito "ante el temor real y cierto" de que su hermano se suicidara si no le hacía llegar la papelina. Es excepcional que un tribunal aplique esta eximente en toda su extensión en un caso de tráfico de drogas. La Sala Segunda del Supremo ha valorado la "gran labilidad emocional, con rasgos de personalidad infantil" de la acusada, María Francisca S. Q.

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Ésta es la segunda vez que el Supremo se pronuncia sobre este caso (primero condenó a la chica, luego anuló la sentencia por una cuestión procesal y ahora ha optado por absolverla). El caso le llegó procedente de la Audiencia de Madrid, con un fallo también absolutorio. En el juicio de la Audiencia, celebrado en 1995, el fiscal pidió que María Francisca ingresase en la cárcel por tráfico de drogas. Como la Audiencia no le dio la razón, el fiscal presentó un recurso de casación ante el Alto tribunal.

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Drogas en la cárcel

El Supremo justifica que la chica delinquiese para evitar "un mal mayor": el suicido de su hermano

Durante su cautiverio, Laureano siguió consumiendo drogas, al menos "mientras pudo pagarlas" a sus compañeros. Y que cuando éstos le cortaron el suministro, intentó en dos ocasiones suicidarse: "Una vez se cortó las venas de los brazos y otra se tragó varias pilas eléctricas..." En una de esas ocasiones, su hermana -la acusada- le visitó en el hospital de Carabanchel. Con una "bolsa de suero y otra de sangre" enganchadas a sus brazos, Laureano le pidió que ocultase en una toalla una papelina que le entregaría en la calle un amigo. "Si no lo haces, me suicido", le advirtió.María Francisca cosió la papelina en una esquina de la toalla, si bien la droga fue intervenida por un funcionario de prisiones antes de que llegase a las manos de Laureano. Fue detenida y se abrió contra ella un proceso por tráfico de drogas.

Sostiene el Supremo que en este caso sí cabe hablar de "estado de necesidad", ya que "la amenaza" de suicidio fue "seria y creíble, y, además, estaba avalada por dos intentos previos de suicidio". Al igual que dictaminó la Audiencia, considera que la chica cometió un delito para evitar "un mal mayor", la muerte de su hermano. "La vida humana es el principal bien jurídico" que protegen las leyes. "El estado de necesidad", razona, "implica la existencia de un conflicto objetivo e ineluctable entre dos bienes, la salvaguarda de uno de ellos, la vida, afecto de una situación de peligro real y grave, requiere la lesión o puesta en peligro del otro [la salud de su hermano]; la conflictividad entre los dos bienes es ineludible y deviene imposible la evitación de ambos".

Por tanto, no tiene razón el ministerio fiscal, según el alto tribunal, cuando alega que la chica pudo utilizar otras alternativas no delictivas e inocuas para evitar el eventual suicidio. A juicio del Supremo, la opción que eligió la acusada (llevarle la droga a su hermano) "aparece como la alternativa más justificable en su afán y esperanza de ahuyentar el propósito de suicidio anunciado". Pues ella era "consciente" de los "múltiples incidentes habidos durante la permanencia en prisión de su hermano, de las condiciones psicológicas que éste sufría y de la inoperancia de los cuidados y medidas del centro [penitenciario] para paliar la permanente conflictividad que suscitaba su familiar". Es decir, que si no le hubiese llevado la droga y su hermano decide suicidarse, difícilmente nadie podría haberlo evitado por mucho que ella hubiese alertado a los funcionarios.

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