El Supremo ordena el inmediato ingreso en prisión de los 23 dirigentes de HB
La Sala Segunda del Tribunal Supremo acordó ayer ejecutar la sentencia que condena a los 23 miembros de la Mesa de HB a siete años de cárcel como autores de un delito de colaboración con banda armada por la difusión de un vídeo de ETA durante la campaña para las elecciones del 3 de marzo de 1996. La resolución implica el inmediato ingreso en prisión de los 23 condenados, que se producirá en cuanto los respectivos juzgados se lo comuniquen a cada uno de ellos, así como la desestimación de la solicitud de suspenderel fallo.
La resolución de ejecución del fallo fue dictada por los magistrados Roberto García Calvo (ponente de la sentencia), Ramón Montero y Eduardo Móner, este último en sustitución del presidente de la Sala, José Augusto de Vega, jubilado el pasado día 1. José Jiménez Villarejo, nuevo presidente de la Sala Segunda, designado hace una semana por el Consejo General del Poder Judicial, aún no ha tomado posesión de su cargo.Aunque, según informa Efe, la secretaria de causas especiales del Supremo, María Mariscal de Gante, se desplazó ayer tarde al País Vasco para comunicar personalmente a cada uno de los 23 condenados el auto de ejecución de sentencia, el ingreso en prisión de los dirigentes de HB no se producirá hasta que los respectivos juzgados del País Vasco a los que corresponda este trámite notifiquen los mandamientos individuales de internamiento en el establecimiento penitenciario de que se trate. Conforme tal notificación se vaya produciendo, los 23 condenados deberán ingresar en prisión para el cumplimiento de la pena privativa de libertad.
HB, sin noticias
En el momento de la notificación se comunicará a los condenados cuándo deben ingresar en prisión, previsiblemente, esta misma semana y en cárceles de su elección, probablemente del País Vasco o Navarra. Fuentes de HB indicaron a Europa Press anoche que no tenían noticia del auto de ejecución. Añadieron que si la notificación del mandamiento de prisión se producía ayer mismo debería hacerse en los domicilios de cada uno de los 23 condenados, ya que ninguno de ellos estaba en las sedes de la coalición abertzale. Anoche de desconocía si la notificación se había producido.Todavía es posible que todos o algunos de los condenados soliciten un plazo para resolver asuntos personales antes de su ingreso en prisión. Será en todo caso el tribunal sentenciador el encargado dé acceder o no a tales solicitudes, si se producen. El modelo de ejecución de sentencia está siendo el mismo que se siguió para la aplicación de la dictada en el caso Filesa, por financiación irregular del PSOE.
El criterio utilizado en ese caso ha sido también el aplicado en cuanto a la desestimación de la petición de suspensión del fallo. Los abogados de los 23 dirigentes de HB, como en su día hicieron los de los condenados en el caso Filesa, pidieron que se suspendiera el fallo hasta que el Tribunal Constitucional decidiera sobre la admisión a trámite de los recursos de amparo interpuestos. La Sala Segunda, en este caso como en el otro, ha desestimado dicha solicitud.
En caso de que el Tribunal Constitucional admita a trámite los recursos de amparo interpuestos es muy probable que se produzca la excarcelación, ya que viene siendo doctrina de ese alto tribunal, mientras resuelve el recurso, mantener en libertad a los condenados que disfrutaron de ella durante la tramitación del proceso.
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